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  1. #251

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por SELAH Ver post
    Por la VPN no hay problema, la cuenta del banco como te digo es también fácil abrirla ya que yo mismo me abrí una, y el tema de Hacienda tampoco me preocupa demasiado, en el peor de los casos habría que declarar las ganancias, no creo que haya que dar justificaciones sobre el origen del dinero, simplemente tributar por aumento de patrimonio, pero bueno, eso ya seria la ultima parte del cuento, si ese es el mayor problema bienvenido sea, de todas formas te pongo UK porque es mi experiencia, si en Suiza no es muy complicado abrir una cuenta pues puede servir también.

    sobre la verificación de identidad de BF, tu puedes abrir una cuenta con la dirección en donde residas, justificándola, falta saber como va a actuar BF con eso, pero bueno, en caso de que no se permitiera aun quedan las otras exchange o las casas que no pidan licencia.
    El problema es que si hacienda te investiga, como será a requerimiento suyo, te pueden quitar hasta la mitad de lo que hayas ganado, por existir ocultacion. Aunque para llegar a ese margen lo que hayas dejado de pagar, no lo no declarado, debe superar los 3000€

    Otra es que tambien te pueden multar por no comunicar la apertura de cuenta en el extranjero al Banco de España. Tienes un mes para ello, de lo contrario prescribe a un año y creo que son 600€ del ala y estar siempre bajo la lupa, claro. No es ser paranoico, pero no seria tan descabellado que UK comunique a España la aperturas de cuentas alli, siendo residente español. Si la cuenta genera unos intereses, te retendran y teoricamente deberian ingresar parte en la hacienda española

    Y sobre BF, si cuela la treta ten cuidado de nunca meter la pata por error, como entrar sin VPN o cosas asi. Si te pillan igual te banean de por vida y seria una putada
    Editado por UEFarsa, 22/07/11 a las 03:27 AM

  2. Agradecimientos Heidelberg ha(n) agradecido este post
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  3. #252

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Para mí la clave en todo esto es la residencia, es decir, si resides en UK por ejemplo, te podrás abrir cuentas en las casas de apuestas como Betfair.com, tener una cuenta bancaria allí, y los impuestos los pagas en UK, según tengo entendido, las ganancias obtenidas por las apuestas, a día de hoy, están exentas de impuestos.

    Si lo que queremos es hacer todo eso, con los medios que cada uno crea oportuno, residiendo en España, pues corres con muchos riesgos, tendrás que declarar esas ganancias en España, al ser residente fiscal aquí, como bien dice Uefarsa, si estás usando una vpn, si algún día se te olvida conectarte, te podrían cancelar la cuenta en Betfair si ven que te estás conectando desde una IP española. Si abres una cuenta bancaria extranjera, corres el riesgo de multa o de que directamente te investiguen. Y si lo haces con una cuenta bancaria española, y decides no declarar esas ganancias, pues también lo pueden detectar.

    Es lo que llevamos hablando desde hace mucho tiempo, al que le resulte rentable y se lo pueda permitir, lo mejor será emigrar, y el que quiera asumir una serie de riesgos, pues se tendrá que buscar la vida en España para apostar con los recursos que tenga, cada uno ya es mayor para decidir.

    Desde luego, lo que está claro es que sacarse un dinero mensual con el panorama que va a quedar en España, ahora mismo es una utopía.

  4. Agradecimientos dherrerab, Algar ha(n) agradecido este post
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  5. #253

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Yo creo que la mejor opción sería cambiar el domicilio en Betfair a uno fuera de España. Para justificar el cambio de residencia, alquilar algo, con lo que ya tienes un contrato y facturas a tu nombre, y abrirte una cuenta en un banco de ese país, con la que operar y asi mismo demostrar tu cambio de residencia. A partir de ahí, si sigues en España, conectarte a través de VPN a Betfair. Betangel tiene incluso un servicio hecho a la medida de esto, puesto que incluso el programa esta instalado en un servidor en UK.
    Los beneficios manejarlos a través de la cuenta extranjera de forma legal. Es decir, para Hacienda nada de cambio de residencia ni nada, simplemente dar de alta la cuenta donde haya que darla y tributar como aumento de patrimonio. Con esto, respecto a Hacienda, me imagino que el dinero pasará de gris a blanco y no habrá mayor problema.
    Este planteamiento a mi me parece totalmente legal, puesto que puedes acreditar ante la casa de apuestas que resides fuera de España y con Hacienda cumples como residente español. Del dinero puedes disponer al pagar los correspondientes impuestos.
    Lo que desconozco es quién, y en base a que de la Ley del Juego, podría sancionarte por hacer algo así, si es que hay esa posibilidad.
    Y que al final quedarías a expensas de la decisión de las casas de apuestas.

  6. Agradecimientos Grumpy, santicaza, Algar ha(n) agradecido este post
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  7. #254

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Interesante planteamiento, si alguien va a hacerlo en serio podria enviarme un mp plis?
    gracias

    Citar Originalmente publicado por Fercar Ver post
    Yo creo que la mejor opción sería cambiar el domicilio en Betfair a uno fuera de España. Para justificar el cambio de residencia, alquilar algo, con lo que ya tienes un contrato y facturas a tu nombre, y abrirte una cuenta en un banco de ese país, con la que operar y asi mismo demostrar tu cambio de residencia. A partir de ahí, si sigues en España, conectarte a través de VPN a Betfair. Betangel tiene incluso un servicio hecho a la medida de esto, puesto que incluso el programa esta instalado en un servidor en UK.
    Los beneficios manejarlos a través de la cuenta extranjera de forma legal. Es decir, para Hacienda nada de cambio de residencia ni nada, simplemente dar de alta la cuenta donde haya que darla y tributar como aumento de patrimonio. Con esto, respecto a Hacienda, me imagino que el dinero pasará de gris a blanco y no habrá mayor problema.
    Este planteamiento a mi me parece totalmente legal, puesto que puedes acreditar ante la casa de apuestas que resides fuera de España y con Hacienda cumples como residente español. Del dinero puedes disponer al pagar los correspondientes impuestos.
    Lo que desconozco es quién, y en base a que de la Ley del Juego, podría sancionarte por hacer algo así, si es que hay esa posibilidad.
    Y que al final quedarías a expensas de la decisión de las casas de apuestas.

  8. #255

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    irse a Gibraltar no es lo mismo que a Uk?

  9. #256

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Citar Originalmente publicado por scandisk69 Ver post
    irse a Gibraltar no es lo mismo que a Uk?
    Yo vivo a 15 kilómetros de Gibraltar, y ya me estoy empezando a plantear, irme allí todas las tardes, y pillarme a unos 10-15 semipros, o pros que tengan que retroceder porque no se pueden ir al extranjero, y apostar por ellos en una casa de intercambio que está empezando a funcionar bien y a cuyo dueño conozco, el cual me ha dicho que no le importaría que entre en las cuentas que quiera desde el mismo ordenador, y utilice la misma dirección de Gibratar para todas.Como es intercambio le da igual lo que gane cada uno. Además puedo cobrar poco a cada uno porque puedo ser el afiliado que abra todas las cuentas, y tienen un sistema de comisión en el que te dan un porcentaje del 5% o el que sea , que cobran ellos, con lo que no tengo que estar pendiente en si se pierde dinero y demás.

  10. #257

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Yo solo quiero recordar una cosa... abrirse una cuenta en un banco en otro país no es tan facil como presentar el DNI en el mostrador...

    Almenos en Irlanda te piden que demuestres residencia y contrato de trabajo.

  11. #258

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Citar Originalmente publicado por algebet Ver post
    Yo vivo a 15 kilómetros de Gibraltar, y ya me estoy empezando a plantear, irme allí todas las tardes, y pillarme a unos 10-15 semipros, o pros que tengan que retroceder porque no se pueden ir al extranjero, y apostar por ellos en una casa de intercambio que está empezando a funcionar bien y a cuyo dueño conozco, el cual me ha dicho que no le importaría que entre en las cuentas que quiera desde el mismo ordenador, y utilice la misma dirección de Gibratar para todas.Como es intercambio le da igual lo que gane cada uno. Además puedo cobrar poco a cada uno porque puedo ser el afiliado que abra todas las cuentas, y tienen un sistema de comisión en el que te dan un porcentaje del 5% o el que sea , que cobran ellos, con lo que no tengo que estar pendiente en si se pierde dinero y demás.


    Lo q tendran q hacer los pros o semipros como dices tu, sera poder demostrar su residencia en Gibraltar y una vez q la tengan tampoco creo q necesitasen que nadie les hiciera sus apuestas, lo podrian hacer ellos simulando una IP de fuera de España.

    Vamos, q no veo tu negocio...
    Al margen de que para que alguien se fie de otra persona para que meta sus apuestas (y mas en una casa de intercambio donde puedes cambiar el dinero de una cuenta a otra sin problemas) tendrias q ser de su total confianza.
    Editado por IOC, 27/07/11 a las 11:22 PM

  12. #259

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Citar Originalmente publicado por algebet Ver post
    Yo vivo a 15 kilómetros de Gibraltar, y ya me estoy empezando a plantear, irme allí todas las tardes, y pillarme a unos 10-15 semipros, o pros que tengan que retroceder porque no se pueden ir al extranjero, y apostar por ellos en una casa de intercambio que está empezando a funcionar bien y a cuyo dueño conozco, el cual me ha dicho que no le importaría que entre en las cuentas que quiera desde el mismo ordenador, y utilice la misma dirección de Gibratar para todas.Como es intercambio le da igual lo que gane cada uno. Además puedo cobrar poco a cada uno porque puedo ser el afiliado que abra todas las cuentas, y tienen un sistema de comisión en el que te dan un porcentaje del 5% o el que sea , que cobran ellos, con lo que no tengo que estar pendiente en si se pierde dinero y demás.
    Necesitas a 10 o 15 personas que te den acceso a su dinero? busca,busca...

  13. #260

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    Re: Sociedades OS, IPs, y temas varios sobre la Ley del Juego

    Citar Originalmente publicado por MaRiuS-GReeNe Ver post
    Yo solo quiero recordar una cosa... abrirse una cuenta en un banco en otro país no es tan facil como presentar el DNI en el mostrador...

    Almenos en Irlanda te piden que demuestres residencia y contrato de trabajo.

    Mmmm... yo estaba pensando en irme por esos lares, y habia leido q con una carta de recomendacion de tu casero, una factura a su nombre y con el numero PPS si q te abrian la cuenta. Sabes si lo del contrato de trabajo es absolutamente necesario? algun tipo de prueba de que estas estudiando ingles en una academia no valdria?

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