Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Levo hora y media leyendo el hilo (a saltos, lógicamente), pero no me acabo de enterar de algunas cosas. Os hago una pregunta muy básica, perdonad si demasiado:
Aparte de las peores cuotas, ¿significa esta nueva ley que se acaba la posibilidad de hacer trading durante el evento desde España?
Saludos.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Retra, desde mi humilde y poca sabiduria puedo decirte que en caso de que todo siga la direccion que ha llevado hasta ahora, betfair actuara como bookie (casa tradicional) como bwin, bet365 etc. Por lo tanto no habra apuestas cruzadas y no se podra hacer trading . No se sabe si con el tiempo volvera haber, igual que no se sabe si en caso de volver habra liquidez internacional, porque todo esta un poco en el aire.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
¿Esta ley cambia algo en el tema de monederos electrónicos? he visto un post de verano ( http://foroapuestas.forobet.com/la-c...ectronico.html ), pero no entiendo mucho, y en este post no he encontrado nada.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
parrasherry
Los desarrollos de la Ley de regulación de juego ya han cambiado el tema de los monederos.
La administraión tiene acceso remoto a tu cuenta en todos los portales .es Sabrá lo que ingresas y por qué medio, lo que retiras y por qué medio, tus apuestas, etc. control total. Ya se ha comentado y yo he copiado en este hilo los artículos....
Respecto a las casas ilegales aún están por ver las medidas, cuando todo esté funcionando ya veremos lo que tienen preparado...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Curioso artículo de Laura Guillot...
miércoles 23 de noviembre de 2011
En EEUU las ganancias de juego tributan y las pérdidas son deducibles
Hace uno días leía que el campeón de las WSOP 2011, Pius Heinz no tendrá que pagar ningún impuesto sobre sus ganancias de 8,7 millones de dólares, gracias al convenio de doble imposición firmado entre Alemania y EEUU que exime a los alemanes que obtienen beneficios de los juegos de azar en los Estados Unidos del pago del impuesto sobre la renta allí. Afortunadamente para Heinz, el gobierno alemán también considera las ganancias de juego exentas de impuestos en Alemania, lo que le permite mantener hasta el último dólar de su premio de las WSOP.
Además, gracias a al convenio de doble imposición entre Estados Unidos y varios países europeos y asiáticos, incluyendo Austria, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Federación de Rusia, República Eslovaca, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Túnez, Turquía, Ucrania y el Reino Unido, cualquier persona que gane dinero en un casino o local de juego de EEUU puede obtener un reembolso de todos los impuestos retenidos en origen. También Canadá y Malta tienen convenio con Estados Unidos, sin embargo los nacionales de estos países sólo pueden deducir las pérdidas del dinero ganado en EEUU como los gastos pagados por los torneos junto con otras pérdidas de juego siempre que se mantengan un registro detallado de los mismos.
La situación de Heinz contrasta bastante con el campeón de las WSOP 2010, el canadiense Jonathan Duhamel. El tratado de Canadá sobre fiscalidad requirió a Duhamel entregar el 30% de su dinero del premio a Hacienda, y pagar un porcentaje adicional a Canadá y Quebec. En última instancia, Duhamel apenas mantuvo la mitad de sus ganancias en las WSOP. Incluso cuando Duhamel juega póker online, como es jugador profesional debe pagar impuestos en Canadá. Solo los jugadores que no son profesionales están completamente exentos de los impuestos sobre las ganancias del póker online.
Dependiendo de donde resida el jugador puede perder millones o no. Por ejemplo, Pío Heinz no podría haber mantenido todas sus ganancias de haber ganado en un casino físico alemán, donde los casinos soportan elevados impuestos.
Algunos jugadores extranjeros tienen además la suerte de que tampoco tienen que pagar el IRPF por las ganancias de juego en su país de origen. Los ciudadanos del Reino Unido no pagan impuestos sobre ganancias de juego ni los alemanes. En la República Checa el jugador amateur no paga y el profesional sí. En Irlanda lo mismo, el jugador recreativo esta exento de impuestos y el profesional tributa un 20%.
En Australia el juego es considerado como un pasatiempo o una forma de entretenimiento, no una profesión, y por tanto los jugadores no pagan impuestos sobre las ganancias.
En Francia, el gobierno está considerando una nueva normativa en la que los jugadores profesionales paguen impuestos por sus ganancias y se cuestiona la pregunta ¿cómo saber el límite de ingresos para calificar a un jugador profesional y cómo distinguir a un jugador profesional de un aficionado?
¿Y en España? actualmente este tema ni se plantea, para nada se tiene en cuenta que puedan existir jugadores profesionales…
Las Ganancias de Juego tributan y tienen que ser declaradas en EEUU
Ingresos y pérdidas de juegos de azar
Las siguientes reglas corresponden a los jugadores ocasionales. Las ganancias de juego son totalmente tributables y tienen que ser declaradas todas en el Formulario 1040. El ingreso de juego incluye, pero no está limitado a, ganancias de loterías, rifas, carreras de caballos, torneos de póker y casinos.
Incluye no sólo las ganancias en efectivo, sino también el valor de mercado de premios, tales como automóviles y viajes. Para información adicional, uno puede consultar la Publicación 525, Taxable and Nontaxable Income (Ingreso tributable y no tributable).
Al pagador se le puede requerir que emita el Formulario W-2G si uno recibe ciertas ganancias de juegos de azar o si tiene ganancias de juegos de azar a las que se aplica la retención del impuesto federal sobre los ingresos.
Todas las ganancias de juegos de azar tienen que ser declaradas en el Formulario 1040, incluyendo las ganancias que no están sujetas a retención. Además, es posible que uno tenga que pagar un impuesto estimado sobre las ganancias de juegos de azar. Para obtener información sobre la retención de impuestos sobre las ganancias de juegos de azar, se puede consultar la Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención del impuesto e impuesto estimado).
Las pérdidas podrán ser deducidas sólo si el contribuyente detalla sus gastos y sólo si tiene ganancias de juego. Las pérdidas deducidas no pueden ser mayores que el ingreso de juego que se informa en la declaración. Uno puede reclamar las pérdidas de juego en el Anexo A del Formulario 1040, como deducción miscelánea detallada que no está sujeta al límite del 2%.
Por tanto, es importante mantener un registro preciso o un comprobante similar de las ganancias y pérdidas de juego. Para deducir las pérdidas, se tiene que poder presentar recibos, boletos, declaraciones u otros comprobantes que lo demuestren. Para más información, puede consultarse la Publicación 529, Miscellaneous Deductions (Deducciones misceláneas).
Premios y Recompensas
Sujeto a ciertas excepciones, el valor en efectivo de los premios y las recompensas, ganados por medio de un sorteo, un concurso de televisión, un concurso de belleza u otro evento, tiene que incluirse como ingreso tributable en la declaración de impuestos.
Los contribuyentes también tienen que declarar como ingreso tributable el valor de mercado de la mercancía y los productos que son ganados como recompensa o premio.
Por ejemplo, se tiene que declarar como otro ingreso en la línea 21 del Formulario 1040 tanto un premio en efectivo por $500 como el valor normal en el mercado de una estufa nueva ganada en un concurso de cocina.
¿Y en España? Hay que declarar las ganancias derivadas del juego pero no se computan las pérdidas en el juego...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Galicia, otra Comunidad que regula las apuestas limitando a 100€ las apuestas de contrapartida y a 600€ las cruzadas... adios a los profesionales o incluso semipro, porque un máximo de 100€ tiene tela...
22/11/2011 | Apuestas deportivas
Galicia aprobará las apuestas deportivas en el primer trimestre de 2012
Opergame
El borrador de Decreto con el que se pretende aprobar el reglamento de apuestas deportivas de Galicia superó en septiembre el trámite de información pública y ahora ya incorpora las alegaciones que han sido admitidas por parte del Gobierno autonómico con lo que puede afrontar su fase definitiva. Todo está listo para que encare el último tramo de su elaboración y las apuestas deportivas puedan ser una realidad durante el primer trimestre de 2012 como nos informan desde la Consejería de Presidencia.
Pocas cosas se han retocado del texto inicial y seguramente no muchas más se modificarán, así que ya podemos hablar de un marco legislativo estable y claro de cara a las empresas que tienen pensado establecerse en la comunidad de manera presencial y también online, ya que el Decreto prevé esta posibilidad, al igual que el ya conocido permiso para instalación de terminales en establecimientos de hotelería.
El Reglamento gallego presenta bastantes similitudes con el navarro, donde las casas de apuestas acaban de cumplir su primer año de implantación, aunque también incorpora puntos bastante específicos pensados exclusivamente para el mercado regional.
Entre la tipología de apuestas admitidas se distingue entre las de contrapartidas, las mutuas y las cruzadas, pudiendo establecerse distinciones también entre las presenciales y las remotas y las externas e internas. Las empresas que quieran ofrecer apuestas en la Comunidad tendrán que contar con un capital social mínimo de 2 millones de euros y depositar una fianza de 750.000.
Por su parte a las empresas fabricantes también se les exige un capital social mínimo de 60.000 euros, más una fianza de 15.000, así como la inscripción previa en el registro para poder comercializar su material.
Las empresas que quiera ofrecer apuestas tendrán que presentar junto a la solicitud el proyecto de instalación de terminales que pretenden acometer dentro de los dos meses siguientes a la aprobación del Reglamento, ya que si no habrá que esperar al menos un año para poder reabrir este procedimiento. Asimismo, es requisito indispensable que, durante los dos años posteriores a la obtención de licencias, la operadora abra como mínimo un local y haya instalado al menos el 75% de las terminales solicitadas que como ya se adelantó en su día podrán alcanzar las 600 por empresa en la hostelería con un máximo de 2.000 en total, teniendo la obligación en estos casos de abrir una tienda física por cada 100 terminales localizados en bares.
Sólo se podrá instalar una máquina auxiliar por establecimientos hostelero, estando prohibido en aquellos que no estén cerrados o estén situados en terrazas o ozonas que sean de ocupación de vías públicas. Será el propio negocio el que se responsabilice de que los menores no puedan acceder a estas máquinas.
El número de estas máquinas auxiliares de apuestas también está limitado en los locales, pudiendo alcanzar un máximo de 12 por tienda, mientras que en casinos, bingos y salones se podrán colocar 5 y en los recintos deportivos y feriales una por cada 500 plazas de aforo.
Como límite en las apuestas se establece máximo de 100 euros para las mutuas y las de contrapartida, mientras que las cruzadas admiten hasta 600. En los locales de hostelería sólo se podrán apostar, en todos los casos, 20 euros como límite. El reparto de premios se hará de la siguiente manera:
1. En las apuestas mutuas, el fondo destinado a premios no será inferior al 65 por 100 del fondo repartible rigiendo para la repartición las siguientes reglas:
a) El dividendo por apuesta unitaria será la cantidad resultante de dividir el fondo destinado a premios entre el número de apuestas unitarias acertadas. En las divisiones que se realicen para determinar cualquier premio por apuesta unitaria se calculará el cociente entero con dos decimales, debiendo llevarse a cabo las operaciones de redondeo, si es el caso, por exceso o defecto según corresponda.
b) En caso de no haber acertantes en una apuesta mutua sobre un determinado acontecimiento el fondo destinado a premios se acumulará a un fondo de idéntica naturaleza de una apuesta de igual modalidad sobre un acontecimiento similar posterior que determine la empresa autorizada, después de la comunicación al órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia competente en materia de juego y apuestas.
2. En las apuestas de contrapartida, el premio por apuesta se obtendrá multiplicando el coeficiente validado previamente por la empresa autorizada por el importe apostado, sin perjuicio de que:
a) Cuando los resultados del acontecimiento o acontecimientos sobre los cuales se hubieran realizado los pronósticos de una apuesta permitan dar como acertantes a dos o más pronósticos distintos, y como consecuencia de eso resultar premiadas las apuestas formalizadas sobre cada uno de ellos, el coeficiente o momio de la apuesta podrá ser modificado siguiendo las reglas que para el efecto fueran establecidas por la empresa autorizada en sus normas de organización y funcionamiento.
b) Cuando uno o más de los pronósticos de una apuesta resulten anulados, el coeficiente o momio aplicable para la determinación del premio obtenido se calculará conforme a lo establecido en el apartado 3 del artículo 39.
3. En las apuestas cruzadas, el premio consistirá en la cantidad apostada por cada jugador previa detracción de la comisión sobre las apuestas ganadoras que, de ser el caso, la empresa comercializadora y explotadora tenga autorizada, la cual no podrá exceder del 5 por ciento del importe de dichas apuestas.
Por último, reseñar que la instalación de tiendas estará sujeta a unas distancias mínimas de 150 metros de los accesos normales de entrada o salida de centros que impartan enseñanza a menores de edad, o cuando exista otro espacio de apuestas, ya autorizado o en tramitación, a una distancia inferior a 300 metros del que se pretende instalar, excepto que trate de un espacio de apuestas autorizado en el interior de un recinto deportivo.
http://www.opergame.com/apuestas-dep...mestre-de-2012
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Pues bien podria alguna comunidad regularlo todo como si fuese UK, seguro que más de uno se mudaria, la verdad es que no se ponen de acuerdo, cada una una cosa distinta Galicia, Madrid, Pais Vasco, Cataluña, joer, no se parece ninguna.
Y anda que los limites de 100 euros,,,,, son de risa ¿a caso vas a una administracin de loterias ahora en Navidad y no te dejan jugarte más de 100 euros ? o a la tragaperra de la esquina y echar más de 20 euros ? joer, no tiene nadie un poco de sentido comun ?
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Citar:
Originalmente publicado por
FELI
Pues bien podria alguna comunidad regularlo todo como si fuese UK, seguro que más de uno se mudaria, la verdad es que no se ponen de acuerdo, cada una una cosa distinta Galicia, Madrid, Pais Vasco, Cataluña, joer, no se parece ninguna.
Y anda que los limites de 100 euros,,,,, son de risa ¿a caso vas a una administracin de loterias ahora en Navidad y no te dejan jugarte más de 100 euros ? o a la tragaperra de la esquina y echar más de 20 euros ? joer, no tiene nadie un poco de sentido comun ?
Las leyes de las Comunidades no pueden ir en contra de la ley estatal, sino complementarla...
Respecto a los límites, son ridículos, 100€ es la máxima apuesta en apuestas de contrapartida, y 20€ para quien lo haga en los terminales de locales de hostelería... así no se gastan todo en apuestas y pueden jugarse el resto en las tragaperras... unos genios los que han hecho la ley en Galicia. Se nota que lo hacen en beneficio de los españolitos para que no se vuelvan adictos a las apuestas, pero los que son adictos a loterías, cupones, tragaperras, casinos, etc. podrán seguir igual...
PD: Lo mas triste de todo es que los que han hecho la ley no saben lo que son las apuestas cruzadas y la definición sólo vale para los lays, absolutamente lamentable... (Bueno, pensándolo bien, puede ser que los periodistas hayan copiado la mitad del artículo...)
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Hola, tengo una pregunta respecto a los monederos electrónicos. Si una persona de España envía dinero desde neteller a otra cuenta de neteller de una persona que vive en un país donde se puede usar betfair y esa persona hace la apuesta y es apuesta ganada, entonces le devuelve por neteller la cantidad apostada más la ganada a la persona de España, esto no es ilegal no? Supongo que habrá gente que no apuesta que seguirá enviando dinero a través de neteller o otros monederos a otros países.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
vamos a ver que tengo la cabeza como un bombo con la ley esta.
He leido el hilo a grandes rasgos, y hay una cosa que no me termina de quedar clara y ademas no me la puedo creer, porque sería lo mas surrealista que he visto en mucho tiempo
Vamos a ver, para que lo entienda yo, estais diciendo que los jovenes que están estudiando, que no tienen un trabajo, que viven con sus padres, que nunca han hecho la declaración de la renta (porque realmente no tienen ningun motivo para hacerla, ya que no tienen NADA), que de vez en cuando se sacan cuatro duros (normalmente los pierden) con las apuestas, van a tener que hacer declaración de la renta?
Pero que tipo de ley es esta? Nos hemos vuelto locos? o estoy equivocado y esto no es asi?