Joer, Mr.Ed Deline, si tu no sabes si debería o no pagar a Hacienda de ganar en Las Vegas.... :D
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Por favor, chicos. Un poco de tranquilidad. Estamos sólo delante de un Anteproyecto, lo que implica que tiene un trámite parlamenntario por delante. A nuestro favor juegan dos factores: una que es difícil empeorarlo para nuestros intereses; y dos que el Gobierno está mostrando una soledad auténtica en el Parlamento, de forma que si las Bookies mueven las fichas adecuadas en los partidos de la oposición y en alguna taifa autonómica, la cosa puede modificarse de manera muy sustancial.
Si no lo hacen lo que quedará patente es algo que muchos de nosotros constatamos: que "el juego" en este país es una soberana porquería que no atrae a las casas importantes.
Respecto al tema de Hacienda todavía es mucho más pronto para sacar conclusiones. En virtud de la futura Ley de Juego deberán modificarse muchos preceptos entre ellos la Ley de IRPF. Esta expone en sus primeros artículos de forma clara los criterios de sujeción del sujeto pasivo. Recomiendo una lectura para hacerse con una visión global de cómo está la situación.
Es de suponer, que las gananacias del juego obtenidas en España deberán ser declaradas como una especialidad propia y que éstas estarán sujetas a un tipo fijo de imposición. También es de suponer que si la actividad se "legaliza" en España, distintos Ministerios debería entrar a reconocer al apostante como actividad económica. Quizás sea suponer demasiado a tenor de la incompetencia supina y manifiesta de estos de la PSOE, pero en cualquier caso es un frente más que se va a abrir.
Lo que quiero transmitir es que no debemos es inquietarnos sin saber cómo va a ser la regulación definitiva del asunto. Una vez tengamos las cartas sobre la mesa ya habrá ocasión para sopesar las diferentes posibilidades: emigrar, conseguir otra nacionalidad, agachar la cabeza, dedicarse a la cría de pollos o vivir en la clandestinidad.
De hecho todas de las opciones que he expuesto son las que se han acogido los apostantes franceses.
Partiendo de la base que te vas a vivr a UK y vives de las apuestas alli:
Tus ganancias las deberias declarar en UK siempre que estes dentro del año fiscal, que creo recordar que son 183 días.
Si cumples esta norma todas las demás preguntas no tienen lugar, ya que tu tendrías tu residencia en UK.
Por otra parte, a no ser que te tengan fichado por algún asunto, hacienda no se va a poner a rebuscar ni en bancos ni mucho menos en casas de apuestas extranjeras.
La residencia habitual se establecerá cuando el sujeto pasivo pase en UK (caso del que hablamos) más de 183 días durante el año natural sin que se computen las ausencias temporales.
Banca comunicará a Hacienda pagos y cobros en metálico mayores de 3.000 euros
Una cosa sobre esto, he leído hace unos meses en otro foro de apuestas un artículo en el cual aparecía De La Vega como "anunciante", en el que decía que tendrán obligación de informar a hacienda cuando haya movimientos superiores a 3.000€ en una cuenta en cualquier periodo trimestral aunque sean de manera fraccionada.
No he podido encontrar el enlace osea que si alguien lo tiene o sabe algo sobre esto sería muy útil que lo posteara, yo por mi parte puedo decir que estoy seguro de haber leído eso. Gracias !
¿Y como se computa esto? ¿Como se sabe si estoy en Uk o en España?
Pongamos que me voy a vivir a UK y estoy yendo y viniendo a España todas las semanas.
Además, ¿cómo afecta tener residencia en UK al hecho por ejemplo del empadronamiento en España? ¿Tienes que darte de baja en el padrón de aquí y dartede alta en UK? ¿Puedes seguir votando en España en las municipales o autonómicas?
Claro, me retendrán algo de pasta al irme... lo que dudo es qué pasaría al volver a España, se supone que tienes que declarar los capitales cuando te vas, no cuando vuelves.
Si traes dinero al país: ¿Se supone que a Hacienda no le "importa" que traigas dinero? ¿Como tributa si lo he ganado legalmente (por las leyes USA o UK) fuera de mi país)