Re: Noticia sobre Hacienda
Los que estais metidos en temas de abogados....son muy caros? Si por ejemplo la diferencia de lo que tu piensas que tienes que declarar y lo que te dicen es de 4000 o 5000 euros...compensa meterse en abogados? A partir de que cifra interesa?.... Es que no se cuanto puede valer todo el proceso y tal
Re: Noticia sobre Hacienda
Por cierto: ¿como funcionan las casas de apuestas en local?, estos locales de sportiuw por ejemplo, esque no he jugado, ¿esto también va controlado por hacienda?, he visto que hay unas maquinas que metes la pasta no? haces apuesta y si ganas sale un tiket que te paga el tio del mostrador? Va con DNI y queda registrado y hacienda en ese momento ya sabe cuanto y cuando has ganado?
Re: Noticia sobre Hacienda
lo digo porque yo, jajaja, me ofrecería a cobrar todos los premios de todos, por un módico porcentaje, evidentemente menor que hacienda, un 10% de la ganancia, como me la trae floja deber más a hacienda todos ganamos.
Re: Noticia sobre Hacienda
Citar:
Originalmente publicado por
AscoDeVida
He llamado a hacienda,para comentarles que no tenia la relacion de apuestas(me dijeron en WH que solo tenian de los ultimos 5 años y come me piden del 2010 pues...),que como lo hacia y me dice el que lleva la causa,que no me preocupe que lleve la informacion de las cuentas bancarias😣 y que ya veriamos como lo arreglabamos.
Me he quedado pensando,un me quereis crujir pero bien.
Me he asesorado,por otro lado,y me han indicado que salio una ley en 2015 que para temas de juego online se subio a 10 años el tema de prescripcion.
Vamos que estoy jodido,y eso que solo palme pasta 0 beneficios
Como que 10 años? Entonces lo que te llego de 2010 tendrias que pagarla? No se supone que ya estaria prescrito?....
Re: Noticia sobre Hacienda
Buenos días
He estado buscando nueva normativa que modificara el articulo 43 de prescripcion y no he encontrado nada. Creo que sigue todo igual
Artículo 43.
Prescripción.
1.
Las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos
años y las leves al año.
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los cuatro años, las
impuestas por faltas graves a los dos años, y las impuestas por faltas leves al año.
2.
El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en
que la infracción se hubiera cometido. En los casos de infracción continuada, se computará
desde el día en que se realizó la última infracción. Dicho plazo se interrumpirá por la
iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reanudándose
el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de
tres meses por causa no imputable el presunto responsable.
3.
El plazo de prescripción de las sanciones se computará desde el día siguiente a
aquél en que resulte firme la resolución por la que se impone la sanción. Se interrumpirá
la prescripción de las sanciones por la iniciación del procedimiento de ejecución, con
conocimiento del interesado, volviendo a transcurrir dicho plazo si aquél estuviere
paralizado durante más de tres meses por causa no imputable al infractor.
Re: Noticia sobre Hacienda
Citar:
Originalmente publicado por
AscoDeVida
He llamado a hacienda,para comentarles que no tenia la relacion de apuestas(me dijeron en WH que solo tenian de los ultimos 5 años y come me piden del 2010 pues...),que como lo hacia y me dice el que lleva la causa,que no me preocupe que lleve la informacion de las cuentas bancarias y que ya veriamos como lo arreglabamos.
Me he quedado pensando,un me quereis crujir pero bien.
Me he asesorado,por otro lado,y me han indicado que salio una ley en 2015 que para temas de juego online se subio a 10 años el tema de prescripcion.
Vamos que estoy jodido,y eso que solo palme pasta 0 beneficios
Eso de los 10 años es la primera vez que lo escucho, no se referira a algo asi y lo ha entendido mal?
http://www.carrilloasesores.com/nuev...pcion-10-anos/
Ademas, en todo caso no sera retroactivo, sera para los nuevos casos.
Re: Noticia sobre Hacienda
Citar:
Originalmente publicado por
AscoDeVida
He llamado a hacienda,para comentarles que no tenia la relacion de apuestas(me dijeron en WH que solo tenian de los ultimos 5 años y come me piden del 2010 pues...),que como lo hacia y me dice el que lleva la causa,que no me preocupe que lleve la informacion de las cuentas bancarias y que ya veriamos como lo arreglabamos.
Me he quedado pensando,un me quereis crujir pero bien.
Me he asesorado,por otro lado,y me han indicado que salio una ley en 2015 que para temas de juego online se subio a 10 años el tema de prescripcion.
Vamos que estoy jodido,y eso que solo palme pasta 0 beneficios
Vamos a ver, es importante no confundir a la gente, que bastante quemados estamos ya...
La Reforma de la Ley Tributaria de Abril de 2015 se refiere a:
"En materia de prescripción, se establece que las comprobaciones e investigaciones podrán extenderse a hechos, actos, negocios y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria que, acontecidos en ejercicios o periodos tributarios respecto de los que se hubiese producido la prescripción del derecho de la Administración a liquidar, hubieran de surtir efectos fiscales en ejercicios o periodos no prescritos. Se exceptúa de esta regla general el derecho de la Administración para comprobar las bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación y las deducciones aplicadas o pendientes de aplicación, que prescribirá a los 10 años, pasados los cuales, y con ocasión de procedimientos de comprobación e investigación de ejercicios no prescritos en los que se produzca la compensación o aplicación de los citados créditos fiscales, se mantendrá la obligación de aportación de las liquidaciones o autoliquidaciones en que se incluyeron y de la contabilidad, salvo que la normativa propia de cada tributo establezca otra cosa. Finalmente, se establece que la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar una obligación tributaria determinará la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar y del derecho del obligado tributario a solicitar devoluciones y el reembolso del coste de las garantías respecto de obligaciones tributarias conexas del propio obligado tributario, siempre y cuando se produzca o haya de producirse en éstas una tributación diferente como consecuencia de la aplicación de los criterios o elementos en los que se fundamente la regularización de la obligación principal."
En el caso del juego on line, la liquidación se realiza en ejercicios concretos de periodo anual y no arrastra ningún beneficio o perjuicio fiscal en los años posteriores, de ahí que no se puedan compensar ganancias en un ejercicio fiscal con perdidas de otro año, por lo que no es de aplicación el nuevo plazo de prescipción de 10 años, asi que vamos a intentar no lanzar "globos sonda" que no nos llevan nada más que a confusión.
Re: Noticia sobre Hacienda
Citar:
Originalmente publicado por
otromasdel2010
Vamos a ver, es importante no confundir a la gente, que bastante quemados estamos ya...
La Reforma de la Ley Tributaria de Abril de 2015 se refiere a:
"En materia de prescripción, se establece que las comprobaciones e investigaciones podrán extenderse a hechos, actos, negocios y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria que, acontecidos en ejercicios o periodos tributarios respecto de los que se hubiese producido la prescripción del derecho de la Administración a liquidar, hubieran de surtir efectos fiscales en ejercicios o periodos no prescritos. Se exceptúa de esta regla general el derecho de la Administración para comprobar las bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación y las deducciones aplicadas o pendientes de aplicación, que prescribirá a los 10 años, pasados los cuales, y con ocasión de procedimientos de comprobación e investigación de ejercicios no prescritos en los que se produzca la compensación o aplicación de los citados créditos fiscales, se mantendrá la obligación de aportación de las liquidaciones o autoliquidaciones en que se incluyeron y de la contabilidad, salvo que la normativa propia de cada tributo establezca otra cosa. Finalmente, se establece que la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar una obligación tributaria determinará la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar y del derecho del obligado tributario a solicitar devoluciones y el reembolso del coste de las garantías respecto de obligaciones tributarias conexas del propio obligado tributario, siempre y cuando se produzca o haya de producirse en éstas una tributación diferente como consecuencia de la aplicación de los criterios o elementos en los que se fundamente la regularización de la obligación principal."
En el caso del juego on line, la liquidación se realiza en ejercicios concretos de periodo anual y no arrastra ningún beneficio o perjuicio fiscal en los años posteriores, de ahí que no se puedan compensar ganancias en un ejercicio fiscal con perdidas de otro año, por lo que no es de aplicación el nuevo plazo de prescipción de 10 años, asi que vamos a intentar no lanzar "globos sonda" que no nos llevan nada más que a confusión.
Estaba leyendo al respecto ahora mismo y es eso, no tiene nada que ver en este caso, todo sigue como siempre... Vaya forma de preocupar al personal con cosas que no son.
Re: Noticia sobre Hacienda
A mi me han dicho que no me dejan descontarme perdidas tampoco...vaya unos cabrones. No se que hacer...si tragar o no....Voy a tener que pagar 15000 y si fuera normal serian unos 8000 segun mis calculos....
Re: Noticia sobre Hacienda
Citar:
Originalmente publicado por
todasmisapu
A mi me han dicho que no me dejan descontarme perdidas tampoco...vaya unos cabrones. No se que hacer...si tragar o no....Voy a tener que pagar 15000 y si fuera normal serian unos 8000 segun mis calculos....
Una pregunta, cuando hablas de que no te dejan descontarte las perdidas, te refieres a las apuestas perdidas o a los ingresos realizados??
Es que en tu post inicial hablabas de que habias ganado 25.000 euros y perdido 7.000...pensaba que te referias a retiradas e ingresos...o apuestas ganadas y perdidas??