Por cierto, una vez entregada la documentación q pide Hacienda, cuánto tardan en notificarte la sanción?... O q paso es el siguiente?..
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Por cierto, una vez entregada la documentación q pide Hacienda, cuánto tardan en notificarte la sanción?... O q paso es el siguiente?..
Hola Waby veo al foro un poco frío!!! paso a contestarte según mi experiencia. Yo soy del 2010, después del inicio de investigación han pasado 9 meses y después de varias comparecencias y entrega de documentación, estoy a punto de recibir la liquidación provisional. Una vez recibida dispongo de 10 días hábiles para hacer las alegaciones que estime oportunas (alegaciones que son rechazadas siempre) y posteriormente Hacienda me remitirá la liquidación definitiva. A partir de aquí dispongo d un mes para hacer el recurso de reposición, recurso que a excepción de dos usuarios del foro que se lo admitieron (y por lo tanto ganaron)a los demás se lo han rechazado. Bien, una vez perdido el recurso de reposición t quedan dos opciones, llevar el caso al TEAR, tribunal que todavía no ha emitido ninguna sentencia o ir directamente al contencioso administrativo del cuál tampoco hay veredictos. Armate de paciencia porque el camino es largo,con la esperanza de que pronto haya alguna sentencia favorable y pueda acabar esta injusta pesadilla. Desde aquí ánimo a todos y especialmente a Feli y Grapadora a ver si consiguen airear este tema, con la ayuda de todos, a algún medio de comunicación.
Por cierto Jackson, ya en el diario digital El Mundo en su sección de Economía de 24-11-14 en un artículo de Antonio M. Martín y hablando de la encrucijada del juego online en España, dice textualmente "Pero el gran problema no lo tiene esa élite, sino los aficionados que se ganan en las mesas un pequeño suplemento 'extra' al fin de mes. Muchos dicen haber recibido cartas de Hacienda, informándoles de multas por premios ganados incluso en el año 2008, cuando sólo se jugaba en España con dominios .com."/ A. M. MARTÍN. Lástima no haber leído este artículo en su día para haber inundado al periodista con multitud de casos reales en los que no quieren compensarnos las pérdidas. Seguramente habría tenido trascendencia informativa por lo injusto de la situación.
Entiendo que te encuentas en la misma situación absurda de que te reclaman por un dinero que nunca ganaste, te reclaman por ganancias brutas sin descontar pérdidas. Y corroboras que, después de enviarte la liquidación provisional, que será incorrecta nuevamente "pasando" de la documentación aportada, y me estás diciendo que, luego presentarás alegaciones, que basicamente dicen: "mire usted, se han equivocado, no deberían ya que es un error imperdonable, pero bueno...se lo explico que es muy sencillo, yo en 2010 perdí dinero y lo demuestro, perdí xxx, ¿ven? aporto las pruebas por si son tan inútiles de no tener la capacidad de obtener la información, que deberían, y demuestro que perdí xxx, pero ustedes se han equivocado y me otorgan unos beneficios de +xxxx y por esos beneficios que no son, quieren que pague xxx, pero no puede ser ya que yo no gané nada, perdí xxx como se puede comprovar y obiamente no tengo que pagar nada, vamos, logicamente ya que perdí dinero"
Y me estás diciendo que igualmente van a rechazar SIEMPRE las irrefutables alegaciones, lo que viene a ser como decirte:"si, claro, ya lo vemos, es correcto, usted perdió dinero, queda demostrado, pero...nos la suda, queremos estafarle y no bajamos del burro y tiene que pagar xxx y como tenemos el poder de embargarle sin que usted pueda hacer nada pues procederemos a continuar con la estafa y aquí esta la liquidación definitiva que es la misma de siempre con la multa e intereses como si usted fuera un defraudador corrupto como los de pp o los del caso noos."
Y ahora pregunto yo: ¿quien, que persona es la responsable de las liquidaciones? Supongo que hay un sujeto único que revisa los datos y emite veredicto,¿Se puede saber quien es? ¿viene eso firmado por el funcionario en concreto?
Entonces... Entiendo q una vez entregada la documentación me llaman a comparecer??.. Yo ya entregué la documentación.. El plazo para entregarla se terminó el viernes pasado... Ahora que??.. Esperar q me llamen a comparecer o ya con lo q yo he entregado me mandan liquidación provisional??..
Bien, continuando con lo expuesto...
El retraso durante meses o la falta aparente de diligencia en la emisión de las liquidaciones provisionales por parte de los actuarios viene porque en los expedientes en los que se ha demostrado que hubo perdidas a lo largo del año, el hecho de practicar una liquidación a sabiendas de que es una barbaridad, independientemente de que (en teoría) antes del 2012 no se podían descontar las perdidas, lleva implícito un hecho fundamental que imagino que a alguien de Hacienda se le puede haber pasado por la cabeza, y si no es así, tienen o pueden tener un grave problema...que se llama "prevaricación".
El diccionario de la lengua española define prevaricación como “delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario”.
El tipo de prevaricación administrativa previsto en el art. 404 CP dispone que “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años” y los actuarios e inspectores de Hacienda son funcionarios públicos (que no se nos olvide)
Requisitos de la prevaricación administrativa
-Sujeto: Que se trate de autoridad o funcionario público en los términos del art. 24 CP. Aunque se trata de un delito especial propio, ello no impide la participación (la intervención) de extraños (de “extraneus” en términos de la jurisprudencia) por lo que resulta posible la participación en la prevaricación de quienes no reúnen la condición ni de autoridad ni de funcionario, y su intervención lo será a título de cooperador necesario, de inductor o de cómplice, (llámese casas de apuestas que aportan información no necesariamente exacta y que se corresponde a periodos donde no existían las (.es), por lo que no se regían por ninguna ley de protección de datos que dé legitimación inequívoca a la información facilitada).
-Objeto: Que la resolución sea contraria a derecho (hay que recordar que antes de la ley del juego... NO EXISTÍA LEY DEL JUEGO). Porque se haya dictado sin tener la competencia legalmente exigida, bien porque no se hayan respetado las normas más esenciales de procedimiento, bien porque el fondo de la misma contravenga lo dispuesto en la legislación vigente o suponga una desviación de poder.
-Arbitrariedad: No es suficiente, para incurrir en prevaricación administrativa, que la resolución sea contraria a derecho (el control de legalidad Administrativa corresponde al orden Contencioso-Administrativo). Para que constituya delito se requiere que sea injusta (“a sabiendas de su injusticia”), lo que supone un “plus” de contradicción con el derecho.
Es preciso que la ilegalidad sea “evidente, patente, flagrante y clamorosa”.
El art. 404 CP dispone que ha de tratarse de “una resolución arbitraria” (SSTS de 5 de marzo de 2003 –Rec. Casación 3197/2001– y de 30 de abril de 2012 –Rec. Casación 1257/2012–).
-Realizada con conocimiento: Se requiere, por último, que actúe a sabiendas “lo que no solo elimina la posibilidad de comisión culposa sino también seguramente la comisión por dolo eventual” (SSTS de 30 de abril de 2012 –Rec. Casación 1257/2012–, de 15 de julio de 2013 – Rec. Casación 1216/2012– y de 23 de septiembre de 2013 – Rec. Casación 1921/2012–).
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No se, no se, pero si yo fuera funcionario de Hacienda me lo pensaría dos veces antes de decir eso tan manido de "Ya se que es una barbaridad pero es que antes del 2012 la ley era así"...
Saludos.
hola a todos, he recibido la famosa carta por la que se me pide 124000 euros... Llamé a la casa de apuestas y me dice q ingrese 3100 y solo gane 2050 en el año 2011, la verdad que estoy bastante acojonado con el tema alguien con quien pueda contactar o que me diga algo? muchas gracias
Pues tras un retiro familiar muy especial estos días , ya estoy de nuevo por aquí, veo que no hay nada nuevo publicado sobre el tema y yo sigo sin tener noticias relevantes.
Buenas manuval, no conozco tu caso , o por lo menos eso creo porque tengo ya en contactos unos pocos. Me gustaría contactar por correo contigo, si activas los MD te paso mi mail.
Saludos y gracias por los ánimos,