Los beneficios de bet365 que te ha dicho hacienda son correctos? T ingresastes a tu banco 15000€?
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Los beneficios de bet365 que te ha dicho hacienda son correctos? T ingresastes a tu banco 15000€?
A lo que me refiero es si t an calculao bien los beneficios. Como t lo an hecho retiradas menos ingresos? Un saludo
El problema es el de siempre. Nadie se queja, así que las cosas continuarán igual.
Hay que contactar con los operadores, la DGOJ, Hacienda... que esto no hay por donde cogerlo. Ya son demasiados casos con el mismo problema.
Hacienda te pone el cebo de la sanción rebajada para que no reclames.
Yo he recibido la carta con ganacias de bet365, pero no tengo pérdidas a mi nombre en otra casa, como es tu caso, si no, estoy peleándolo a muerte porque la ley me parece medianamente clara: SE PUEDEN COMPENSAR las pérdidas.
Lo que encuentro que dice la Ley es:
Ley 16/2012, del 27 de diciembre de 2012, publicada en el BOE el 28 de diciembre:
http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/2...2012-15650.pdf
"Artículo 2.
Modificación del régimen fiscal aplicable a las ganancias en el juego.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre,
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las
leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el
Patrimonio:
Uno.
Con efectos desde 1 de enero de 2013, se suprime la letra ñ) del artículo 7.
Dos.
Con efectos desde 1 de enero de 2012, se modifica la letra d) del apartado 5
del artículo 33, que queda redactada de la siguiente forma:
«d)
Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que
excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período
"
La propia guia de la Agencia Tributaria para el ejercicio 2012 indica:
http://www.agenciatributaria.es/stat...ey_16_2012.pdf
"Modificación de la tributación de las ganancias en el juego:
o Ganancias en el juego NO sujetas al nuevo gravamen especial:
Con efectos desde 1 de enero de 2012 se modifica el artículo 33.5.d) de la Ley del impuesto,
permitiéndose a partir de ahora computar las perdidas en el juego con el límite de las ganancias obtenidas."
¿dónde leches habla de la restricción que os están diciendo los funcionarios de que NO se pueden compensar las pérdidas de una casa con las ganancias de otra? De lo poco que estudié de derecho en la Universidad, lo que se me quedó fue que un reglamento o circular de rango inferior NO puede ir contra lo que dice la ley de rango superior y retringirlo, y lo que publico arriba lo dice una LEY, así que el funcionario de la agencia tributaria no puede inventarse lo de que no se puede compensar.
Lo que no puede salir es negativo; en tu caso, 15.000-18.000 = -3.000 de pérdidas, pero no puedes declarar las pérdidas, tienes que poner 15.000 de ganancias y 15.000 de pérdidas.
Yo lo reclamaría citando los párrafos de la ley que cito arriba e indicando que se habla de compensar pérdidas con ganancias SIN restricciones a que sean en la misma casa de apuestas.
Lo único, que tienes que obtener la documentación de betfair para que no te digan que no presentas pruebas.
Estamos hablando de muchos miles de euros.
Suerte.
Para todos los que por desgracia tenéis que poneros con alegaciones, creo que un buen punto de partida es leerse el hilo entero, hay información muy útil.
Por ejemplo, un forero aportaba unas ideas para fundamentar las alegaciones:
- Concepto de incremento patrimonial real.
- Principio de no confiscatoriedad en el derecho tributario
- Interpretación de las normas conforme a la realidad social
Bueno yo ya estoy en mi fase de respuesta de mi recurso, finales de esta semana o principios de la que viene.
Lo primero decir, que el que pague la sanción, no piense después recurrir la liquidación, vamos sólo hay que leerse la carta.... se aplica reducción si no alegas, no sólo no alegar la sanción sino el procedimiento, porque esa sanción va afin a la liquidación.... por tanto si aceptas sanción, aceptas liquidación....
el que le saliera una cantidad mayor de 500 euros a pagar y haya pagado, sinceramente, será porque le sobra el dinero....
Bueno, a falta de que me digan, algo de mis alegaciones me van a estimar, hasta que punto, no tengo ni idea.... no sé si sólo me compensarán las pérdidas de una web, o de qué.... yo tuve ganancias en tres casas (dos son las que me "delataron") y pérdidas en 4.... hasta el momento no me consideraron ni las ganancias de una de ellas (era menor de 1000 euros y no la tenían) ni las pérdidas de las cuatro.... de todas estas casas que no declararon nada, solo una de ellas me mando una especia de certificado real con mi dni.... espero que no sea la única que me admitan porque es donde perdí menos....
presenté toda la documentación de movimientos de ingresos y retiradas así como el movimiento bancario de dichos movimientos....
presuponía que la razón en parte me la iban a dar porque si llegaba al TEAR sin que me estimarán algo me podían dar el caso ganado por indefensión porque en el plzo que tenía para alegaciones entre la liquidación provisional y definitiva hicieron caso omiso a mis pruebas.... y ahora están tardando tanto porque se han dado cuenta de que 300 folios de documentacion no de estudian en un día....
Yo sólo aceptare una acuerdo en el que se me sancione porque quizás en la declaración hubiese tenido que indicar las ganancias en una casilla y las pérdidas en otra.... por el resto nada.... o un acuerdo de pagar aproximadamente 400 o 500 euros en vez de los 2600 entre liquidación y sanción que poseo; lo haría por no tener que esperar tres años a que el TEAR me diera la razón....
Si no hay acuerdo, cuando llegué al TEAR denunciaré no sólo el caso si no a la DGOJ, puesto que llevo dos meses esperando una respuesta, y en agosto porque estaban de vacaciones, y cuando hablé por telefonos con ellos me dicen que ellos no son quiénes entrar en estas tesituras, sino tributos.... a lo cuál dije que entonces ellos que pintan, que si valen para algo... supongo que no, porque no dicen nada.... y porque denunciaré tb a ellos ante el TEAR porque los legisladores de la ley de juego también se pasan esto por el forro, originando una indefensión total....
porque hay dos maneras posibles de ganar: una demostrando las pérdidas y que tienes razón y otra como no te dejan esto, intentar demostrar que la actuación de la administración ha sido totalmente parcial a intentar recaudar si o si....
Como dije desde mi primer post, hacienda ha tirado directo y rápido para la gente que se ha cagado desde el primer momento.... yo por no perder un 30% de reducción me parece una estupidez no alegar ni lucharlo, salvo que no tengas medios o te de exactamente igual....
Bueno espero que cuando me digan tenga suerte y lo que me estimen sea un 80 o 90% de anulación de expediente.... porque lo justo es el 100%, pero bueno, esto es como cuando te para la guardia civil que al final algo te sacan....
Saludos y suerte y por supuesto ir compartiendo casos, porque nos puede ayudar a otros en otras administraciones.
sencillo, cuando salió todo esto, en las administraciones no tienen idea de como gestionar estas ganancias o pérdidas, y se sacaron cosas de la manga, para tirar hacia delante, a mi me llegaron a decir, que presentará que incluso si había perdido más que me devolverían mas en mi renta, evidentemente era un cebo.... cuando sólo se compensan pérdidas hasta las ganancias, es decir, resultado nulo.....
a día de hoy estoy convencido que aún no saben que decir para tirar hacia delante.... yo no sé por donde me saldrán, creo que lo de no compensar pérdidas de operadores no me la dirán, porque algo me estimarán, igual que solo aceptan certificados.... o ni idea....
pero eso, la gente va con miedo.... y muchas veces es mejor ir a un asesor y pagarle una cantidad que te puede ahorrar muchísima más cantidad de lo que vas a pagarle a él.... pero allá cada cual.
Saludos
Hola,
Mi caso es parecido al tuyo (+22000 en bet365 y -15000 en betfair).
Lo primero que debes hacer, sino lo has hecho ya, es solicitar a betfair un certificado con las pérdidas de 2012. Les explicas tu caso y te lo envían. A mi me lo han dado y aparece tu nombre completo...dni...perdidas..etc y esta firmado por ellos. Si te da tiempo lo presentas en las alegaciones. Si las perdidas las puedes justificar con los movimentos bancarios o monederos electrónicos también.
En la alegación explicas tu caso y que la ley dice que se pueden compensar perdidas con ganancias y bla bla bla y adjuntas la documentación que pueda probar las pérdidas. Y a esperar. Si te desestiman las alegaciones entonces vas al recurso de reposición.
Yo presente el recurso de reposición y estoy esperando la respuesta.
Buenas tardes:
Pienso que las personas que hacienda no les deja compensar pérdidas entre operadores deben intentar luchar para que se los reconozca lo que dice la ley, ya que si tenemos que tributar por el beneficio neto que sea por el beneficio neto real.
Hay un caso en un foro de poker que le pasó exactamente lo mismo y sigue luchando con Hacienda.
Para mí lo peor de todo esto es el tiempo que hay que invertir entre recurso, pedir información a las casas, ir hacienda...
Yo solamente jugué en una página, pagué los 2.000 euros que me tocó y recibí la carta diciendo que me iban a sancionar. La semana pasada ya le dí conformidad a la carta (600 euros entre multa e intereses) y ahora esperar que llegue y pagar.
En otros foros y páginas he leído el caso de mucha gente que ha dejado de jugar, porque leyendo los problemas que tienes para demostrar pérdidas entre operadores se le quitan las ganas a uno de jugar. Y después está el tema que un año puedes ganar y perder al siguiente, entonces lo de no compensar pérdidas entre años también es algo un poco serio (hay el caso de una persona que ganó e 2012, 2013 y en 2014 ha tenido una pérdida importante entonces si no remonta el balance de tres años es negativo y encima pagale hacienda el beneficio de 2012 y 2013) yo no tengo ningunas ganas de jugar si os soy sincero, cuando veo la ruleta en la T.V. lo primero que pienso es en hacienda jajaja así que no creo que vuelva a jugar si esto no se regula mejor (sobre todo por el tema de que no les obliguen a expedir certificados).
Saludos y suerte!