Re: Noticia sobre Hacienda
Ya que las infracciones del año 2011 prescriben el 30 de junio de 2016, sería una buena idea no aceptar la carta certificada si se recibe estos días, eso obliga a Hacienda a publicar la notificación en el Boe y no daría tiempo antes del 30 de junio.
Con eso conseguis que prescriba 2011, no los demás años.
Recordad que el plazo de prescripción no se interrumpe hasta que tu tengas conocimiento formal de las actuaciones de hacienda, es decir la notificación en este caso.
Re: Noticia sobre Hacienda
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Romero
Ya que las infracciones del año 2011 prescriben el 30 de junio de 2016, sería una buena idea no aceptar la carta certificada si se recibe estos días, eso obliga a Hacienda a publicar la notificación en el Boe y no daría tiempo antes del 30 de junio.
Con eso conseguis que prescriba 2011, no los demás años.
Recordad que el plazo de prescripción no se interrumpe hasta que tu tengas conocimiento formal de las actuaciones de hacienda, es decir la notificación en este caso.
Rehusado tiene el mismo efecto que notificado
Re: Noticia sobre Hacienda
Pues entonces la única forma es o no abrir la puerta o decir que la persona en cuestión no se encuentra o ya no vive ahí, eso no es un rechazo y se entiende que la notificación no se ha practicado. Obliga a la Administración a realizar otro intento o publicarlo en el Boe.
La cuestión es que llegue el 30 de junio.
Hasta esa fecha ni aceptarla, ni rechazarla, o no abrir o no está la persona.
Re: Noticia sobre Hacienda
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Romero
Pues entonces la única forma es o no abrir la puerta o decir que la persona en cuestión no se encuentra o ya no vive ahí, eso no es un rechazo y se entiende que la notificación no se ha practicado. Obliga a la Administración a realizar otro intento o publicarlo en el Boe.
La cuestión es que llegue el 30 de junio.
Hasta esa fecha ni aceptarla, ni rechazarla, o no abrir o no está la persona.
Eso sí.
Feli, podrías ponerte en contacto conmigo? No puedo enviar privados al tener pocos mensajes.
Re: Noticia sobre Hacienda
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mcloud
Feli, una cosa.
Tengo muchas dudas respecto a tu caso...
1. En teoria cuando presentas el recurso de reposicion, se paraliza la sancion.
2. Si ese te lo rechazan y vas al tribunal economico administrativo, pues tambien se paraliza la sancion.
3. Tu comentaste que fuiste a este TEAR pero que no se pronunciaron. He leido que a los 4 años sin pronunciarse prescribe.
¿ Como es posible el embargo si la sanción debería estar paralizada? O es que fallaron en tu contra ? ¿ Porque abandonaste la vía del TEAR?
Para el resto, ¿ habeis contemplado la opcion de contratar un abogado comun o hacer algo tipo plataforma?
Vamos a ver, en estos casos se reciben dos actas, el acta de liquidación y el acta de sanción. La primera se corresponde con la cuota supuestamente defraudada en base a las ganancias hipotéticas que hacienda considere ( en nuestros casos sobre brutas ) más los correspondientes intereses anuales. Y la segunda es el acta de sanción que se calcula sobre un porcentaje de la cuota de liquidación supuesta defraudada, y la ley paraliza el acta de sanción en cuanto se recurre por via administrativa y también puede paralizar la via ejecutiva de la liquidación si se consigue avalar de algún modo el pago futuro de la deuda, me explico? Aquí el TEAR tenía 6 meses desde que se presenta el recurso ( deben seguir el llamado procedimiento abreviado ) y al no pronunciarse en ese tiempo se puede recurrir al TSJ para resolver, de todas formas el TEAR por supuesto que todavía puede pronunciarse pero cuando te están ejecutando no puedes esperar a que determinadas personas les de por estudiar tu caso.En mi caso me es imposible avalar de ninguna forma la cantidad que me piden, de ahí que esté ya embargado y perseguido. En resumen, hay que distinguir entre liquidación y sanción.
Re: Noticia sobre Hacienda
El cartero te lleva la carta, no abres,....el cartero vuelve a ir al siguiente día,no abres, por tanto te deja la notificación para ir a correos y recoger la carta.
La carta estará exactamente 7 días en correos,..al 8 correos devuelve la carta a Hacienda.
Ahora hacienda lo que hace es publicarlo en el TEU ( tablón edictal único) y lo mantiene ahí 10 días .
Al Onceavo día , Hacienda considera que la notificación esta recibida, te hayas enterado o no.
Esto es conocido como la táctica del avestruz.
Personalmente no me la jugaría, el fisco siempre tiene un As en la manga y recomiendo recoger la carta cuanto antes, pero haya cada cual.
Re: Noticia sobre Hacienda
Hola @Waby, Para comentar tu caso, tienes un correo o si puedes enviar privado?
Re: Noticia sobre Hacienda
Re: Noticia sobre Hacienda
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Francisco Luis jimenez
El cartero te lleva la carta, no abres,....el cartero vuelve a ir al siguiente día,no abres, por tanto te deja la notificación para ir a correos y recoger la carta.
La carta estará exactamente 7 días en correos,..al 8 correos devuelve la carta a Hacienda.
Ahora hacienda lo que hace es publicarlo en el TEU ( tablón edictal único) y lo mantiene ahí 10 días .
Al Onceavo día , Hacienda considera que la notificación esta recibida, te hayas enterado o no.
Esto es conocido como la táctica del avestruz.
Personalmente no me la jugaría, el fisco siempre tiene un As en la manga y recomiendo recoger la carta cuanto antes, pero haya cada cual.
La Administración no es tan rápida ni eficiente, creeme. De todas formas este método vale porque queda poco para que termine el plazo y además no pierdes nada por intentarlo, si terminan notificándolo en plazo siempre puedes recoger la notificación.
Se trata de no dar facilidades.
Re: Noticia sobre Hacienda
Romero, me encantaría que llevarás la razón.
Echando cuentas
Cartero 1 día
Oficina correos 7 días
Teu 10 días
Total = 18 días laborables
Mañana es 7 junio, si les sumas 18 laborales...30 junio.
Según tu teoría todo el que no haya recibido carta a fecha de hoy 6 junio, esta salvado.