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    Preocupación ante tributación en BWIN

    Buenas! Ante todo gracias por intentar ayudarme.

    Pues bien, mi preocupación está en lo siguiente. Yo vivo en casa de mis padres, recién acabado la carrera y con un empleo por horas semanales que no supera los 200€ de ingresos mensuales. Esta semana, con una combinada de estas casi imposibles, metí 20€ a cuota 60 y gané 1.200€. He solicitado el pago de estos 1.200€ por transferencia bancaria, y ya me la han realizado. Mi pregunta es: En mis condiciones de trabajador que no llega al mínimo para declarar y viviendo en casa de mis padres, ¿Tengo que declarar de alguna forma esos 1.200€?

    Muchas gracias, y a ver si alguien puede echarme una mano.

  2. #2

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por baldasanetti Ver post
    Buenas! Ante todo gracias por intentar ayudarme.

    Pues bien, mi preocupación está en lo siguiente. Yo vivo en casa de mis padres, recién acabado la carrera y con un empleo por horas semanales que no supera los 200€ de ingresos mensuales. Esta semana, con una combinada de estas casi imposibles, metí 20€ a cuota 60 y gané 1.200€. He solicitado el pago de estos 1.200€ por transferencia bancaria, y ya me la han realizado. Mi pregunta es: En mis condiciones de trabajador que no llega al mínimo para declarar y viviendo en casa de mis padres, ¿Tengo que declarar de alguna forma esos 1.200€?

    Muchas gracias, y a ver si alguien puede echarme una mano.

    Tienes una web magnífica... www.aeat.es que responde a tus dudas...

    Como puedes observar, dado que la suma de tu incremento patrimonial obtenido con las apuestas, tu sueldo y resto de rentas supera los 1000€ anuales, estás obligado a presentar la declaración de la renta.


    Olvídate de la respuesta de capello, desde que las cuentas de juego se monitorizan por la DGOj, hacienda podría acceder a esa información.



    https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFR...&CODIGO=127263


    • Inicio
    • Consultas
    • IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
    • GESTIÓN DEL IMPUESTO
    • OBLIGACIÓN DE DECLARAR
    • OBLIGACION DE DECLARAR: LIMITES GENERALES

    Informa

    127263-OBLIGACION DE DECLARAR: LIMITES GENERALES

    • Pregunta
    • ¿ Quienes tienen obligación de declarar ?

    Respuesta

    En general todos contribuyentes están obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF.
    No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
    Este límite será de 11.200 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos:
    Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones.
    Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
    Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
    Y/o rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
    Y/o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.


    PD: De todos modos debes esperar a que se aclare la tributación y y precisen si se declara por beneficios netos o no, ya que podrías perder los 1200...
    Editado por josel, 13/09/12 a las 09:02 PM

  3. #3

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Tienes una web magnífica... www.aeat.es que responde a tus dudas...

    Como puedes observar, dado que la suma de tu incremento patrimonial obtenido con las apuestas, tu sueldo y resto de rentas supera los 1000€ anuales, estás obligado a presentar la declaración de la renta.


    Olvídate de la respuesta de capello, desde que las cuentas de juego se monitorizan por la DGOj, hacienda podría acceder a esa información.



    https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFR...&CODIGO=127263


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    • Pregunta
    • ¿ Quienes tienen obligación de declarar ?

    Respuesta

    En general todos contribuyentes están obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF.
    No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
    Este límite será de 11.200 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos:
    Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones.
    Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
    Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
    Y/o rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
    Y/o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.


    PD: De todos modos debes esperar a que se aclare la tributación y y precisen si se declara por beneficios netos o no, ya que podrías perder los 1200...

    En primer lugar muchas gracias por la respuesta, y en segundo... No entiendo muy bien eso que pones al final de que puedo perder los 1.200€....¿Por qué? Gracias.
    Editado por baldasanetti, 14/09/12 a las 10:17 AM

  4. #4

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por baldasanetti Ver post
    En primer lugar muchas gracias por la respuesta, y en segundo... No entiendo muy bien eso que pones al final de que puedo perder los 1.200€....¿Por qué? Gracias.
    Si hacienda precisara que se declara por ganancias netas (apuestas ganadas menos apuestas perdidas) y tu perdieras los 1200 euros antes del 31 de diciembre ya no habría incremento patrimonial.

    Perder dinero con las apuestas es más fácil que ganarlo...

  5. #5

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Si hacienda precisara que se declara por ganancias netas (apuestas ganadas menos apuestas perdidas) y tu perdieras los 1200 euros antes del 31 de diciembre ya no habría incremento patrimonial.

    Perder dinero con las apuestas es más fácil que ganarlo...
    Vamos a ver si yo me aclaro... Que yo perdiera los 1.200 euros jugando en Bwin no? obviamente entonces los perdería... Pero yo esos 1.200 euros ya lo tengo en mi cuenta corriente, por transferencia bancaria... No puedo perderlos apostando ya no? es q no lo entiendo muy bien, perdona hombre...

  6. #6

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por baldasanetti Ver post
    Vamos a ver si yo me aclaro... Que yo perdiera los 1.200 euros jugando en Bwin no? obviamente entonces los perdería... Pero yo esos 1.200 euros ya lo tengo en mi cuenta corriente, por transferencia bancaria... No puedo perderlos apostando ya no? es q no lo entiendo muy bien, perdona hombre...
    Vuelvo a decir lo mismo, si hacienda precisara que se declara por ganancias netas (apuestas ganadas menos apuestas perdidas) y tu ingresaras el dinero y lo perdieras en casas .es antes del 31 de diciembre ya no habría incremento patrimonial. Al estar monitorizadas las cuentas de juego la DGOJ sabría lo que has ganado y lo que has perdido.

  7. #7

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    Re: Preocupación ante tributación en BWIN

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Vuelvo a decir lo mismo, si hacienda precisara que se declara por ganancias netas (apuestas ganadas menos apuestas perdidas) y tu ingresaras el dinero y lo perdieras en casas .es antes del 31 de diciembre ya no habría incremento patrimonial. Al estar monitorizadas las cuentas de juego la DGOJ sabría lo que has ganado y lo que has perdido.
    Hola!

    Un duda...cuando hacienda se pronuncie y en el caso que precisara que se tuviese que declarar por ganancias netas, como quedaría en este sentido las ganancias brutas o netas de una apuesta a la hora de hacer la declaración?

    Es decir, si por ejemplo nos jugamos 1000 chocolatinas @1.5 y ganamos, seria 500 chocolatinas de ganancias netas, pero si lo contabilizan como ganancia bruta (1500) sería un poco "caos", no?

    Un saludo

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