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  1. #6541

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por hide Ver post
    por lo que dicen, hay que tributar hasta por ganar 10€ no?.
    En las apuestas desde el 1er euro pero en loterias a partir de 2500€,a partir del 1 de enero de 2013.

    Lo que pasa que en el tema apuestas te toca pagar o no pagar dependiendo de si trabajas o no,de la cantidad anual que cobres,...

  2. #6542

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Ok. Perdon por el lapsus.

    En los juegos del estado es 20% fijo lo que se paga a partir de 2500€

    Y en apuestas el tipo marginal a partir de 1€

    Salduos

  3. #6543

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Despues de leer la entrevista del señor alejo,en la que habla que las apuestas de las casas fisicas tambien se deben declarar supongo que si tenemos un balance global de perdidas en las fisicas se podra deducir de las ganancias que tengamos en las online. Vamos que si he ganado 1200 online y he perdido 1200 en las fisicas no estaria obligado a declarar nada. Es esto asi o me equivoco?

  4. #6544

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por Pisto Ver post
    Despues de leer la entrevista del señor alejo,en la que habla que las apuestas de las casas fisicas tambien se deben declarar supongo que si tenemos un balance global de perdidas en las fisicas se podra deducir de las ganancias que tengamos en las online. Vamos que si he ganado 1200 online y he perdido 1200 en las fisicas no estaria obligado a declarar nada. Es esto asi o me equivoco?

    Deberia ser asi pero... como demuestras las apuestas perdidas en las casas fisicas? con el resguardo de la apuesta perdida? esos resguardos no son nominativos (al menos de momento). Y ademas si eso valiera, quien le dice a Hacienda que no tienes otras apuestas ganadoras en las bookies fisicas? porq de esas ya no tienes resguardo porq lo has entregado en la bookie para poder cobrar.

  5. Agradecimientos Pisto ha(n) agradecido este post
    Total: 1 Agradecimientos
  6. #6545

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por Janis Ver post
    Deberia ser asi pero... como demuestras las apuestas perdidas en las casas fisicas? con el resguardo de la apuesta perdida? esos resguardos no son nominativos (al menos de momento). Y ademas si eso valiera, quien le dice a Hacienda que no tienes otras apuestas ganadoras en las bookies fisicas? porq de esas ya no tienes resguardo porq lo has entregado en la bookie para poder cobrar.
    Tu dices que esos resguardos no son nominativos,pero si lees la entrevista del señor alejo lo de las casas fisicas se tiene que declarar tambien,por lo que a mi me hace suponer que las apuestas perdidas tambien contaran igual que las ganadas siempre que se pueda demostrar y los resguardos son prueba de ello

  7. #6546

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Para mi las apuestas en máquina son igual que las tragaperras.
    Legalmente se han de declarar pero no hay dios que sepa ni las ganancias ni las perdidas, luego mejor olvidarse de compensar perdidas con ellas.

    Saludos

  8. #6547

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por titosoria Ver post
    En las apuestas desde el 1er euro pero en loterias a partir de 2500€,a partir del 1 de enero de 2013.

    Lo que pasa que en el tema apuestas te toca pagar o no pagar dependiendo de si trabajas o no,de la cantidad anual que cobres,...
    Yo tengo un gran beneficio de 0,
    apartir de cuanto? Leí en la pagarina anterior algo de 1000 o 5000€.

  9. #6548

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por Pisto Ver post
    Tu dices que esos resguardos no son nominativos,pero si lees la entrevista del señor alejo lo de las casas fisicas se tiene que declarar tambien,por lo que a mi me hace suponer que las apuestas perdidas tambien contaran igual que las ganadas siempre que se pueda demostrar y los resguardos son prueba de ello
    Si desde el punto de vista fiscal a cualquier empresa o autónomo para deducir gastos le exigen factura, es de esperar que si te llaman para que les acredites las pérdidas de casas físicas que has compensado con las ganancias .es te pidan algo más que unos resguardos que puedas coger de la papelera de la casa de apuestas.

    Lo lógico sería una factura. Yo si fuera el funcionario no te admitiría un resguardo sin nombre. Y me pensaría mucho admitirte un resguardo con pago con tarjeta... te pediría el extracto de la tajeta esa, y como viera que me presentas sólo los resguardos de las pérdidas y no los de las ganancias porque en esos extractos se ven todos los movimientos de la tarjeta te emplumaba por fraude, y también por hacerme trabajar con tanto papeleo

    Luego está el caso del que apuesta siempre en efectivo... habría que ver si tiene dinero para aguantar tantas pérdidas, porque puede ser otro listillo que sólo presenta justificantes de pérdidas. Pasarse de listo es abrir la vía de una posible inspección que no se sabe cómo puede acabar.
    Editado por josel, 13/10/12 a las 06:59 PM

  10. #6549

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Si desde el punto de vista fiscal a cualquier empresa o autónomo para deducir gastos le exigen factura, es de esperar que si te llaman para que les acredites las pérdidas de casas físicas que has compensado con las ganancias .es te pidan algo más que unos resguardos que puedas coger de la papelera de la casa de apuestas.

    Lo lógico sería una factura. Yo si fuera el funcionario no te admitiría un resguardo sin nombre. Y me pensaría mucho admitirte un resguardo con pago con tarjeta... te pediría el extracto de la tajeta esa, y como viera que me presentas sólo los resguardos de las pérdidas y no los de las ganancias porque en esos extractos se ven todos los movimientos de la tarjeta te emplumaba por fraude, y también por hacerme trabajar con tanto papeleo

    Luego está el caso del que apuesta siempre en efectivo... habría que ver si tiene dinero para aguantar tantas pérdidas, porque puede ser otro listillo que sólo presenta justificantes de pérdidas. Pasarse de listo es abrir la vía de una posible inspección que no se sabe cómo puede acabar.
    Y para las online? Crees que serán suficientes extractos,balances o listados de las casas? Entiendo que si en dichos documentos figura el NIF del interesado deería sr valido como justificante.
    Un saludo.

  11. #6550

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por 1X22X1 Ver post
    Y para las online? Crees que serán suficientes extractos,balances o listados de las casas? Entiendo que si en dichos documentos figura el NIF del interesado deería sr valido como justificante.
    Un saludo.
    Todo depende de muchas cosas.
    Si una persona gana 200€ al año en los .es y se deduce 100 en .com puede que ni le llamen

    Pero otro a que gana 10-20 veces más a lo mejor le llaman.

    Unos extractos de movimientos de cuenta con los datos de la cuenta en los que se vé todo o una Certificación de la casa en la que informa del balance anual podría valer, (si no lo admiten se pide como prueba en el expediente administrativo o luego en el económico que por hacienda o el Juzgado luego, se solicite a la Casa que certifique el balance anual) pero vuelvo a lo mismo, es darle trabajo a un funcionario, meterte en procedimientos y como se huela algo puede encontrar que alguien deduce la casa .com con pérdidas y no informa de la casa .com con ganancias.
    Editado por josel, 13/10/12 a las 09:46 PM

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