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  1. #2601

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    ¿Recurriste al económico-administrativo o te conformaste con la resolución de hacienda?
    Me conformé, en el limbo estaban otros 3 años.

    Me lo recomendaron funcionarios de hacienda, que ni las va ni les viene.

  2. #2602

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por tegabet Ver post
    No jodas!!! creo que voy a dejar de declarar mi piso.....

    Picha, es más fácil que te empadrones en la dirección del piso.

    Eso es lo único que cuenta. Aunque después no gastes ni una gota de agua.

  3. #2603

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    La exposición de contrafraude está incompleta.

    No sabemos la mitad de los datos... ¿el piso antiguo era de alquiler o era de su propiedad? ¿se vendió para comprar el otro o se mantenía? ¿qué apartados de la declaración no se entendieron ciertos para devolver la devolución? ¿deducciones por compra de vivienda habitual? ¿tiene más de 1 viviendas?

    Puede ser por cualquier cosa... yo estoy seguro que si cumple con los requisitos que sean, el hecho de estar empadronado en otro lado (a no ser que sea requisito exigido) no puede impedir demostrar por otro medio de prueba que resides en otro lugar.

    ¿declaración jurada de vecinos? Lleva el contrato de trabajo si estás en otra ciudad, o las facturas a tu nombre de electricidad, agua, teléfono, gas, etc...

    Si el funcionario de turno no se entera, a recurrir al económico-administrativo... que por desgracia es lo que pocos hacen...

    El problema de tu caso me dá que es que tampoco te esmeraste en probar demasiado porque temías que te revisaran los 3 años anteriores... ¿temías presentar la escritura de propiedad del piso?
    Por supuesto que no te di todos los datos, era un pequeño resumen, aqui se supone que se habla de la Ley de Regulación del Juego. Quieres mi DNI, dirección, nombre de los funcionarios de hacienda o de mis vecinos, escrituras.....venga ya.

    Aún así te diré más. Compré la vivienda de segunda mano, todo legal sin subidad ni bajadas de tasación, ni dinero en B....Todos los suministros a mi nombre.Cuando fui a HAcienda claro que presenté las domiciliaciones y las facturas, además del favor de mis vecinos. No tenía más viviendas, me declaraba esa como vivienda habitual, pero seguía empadronado en la casa familiar, en donde me criaron.

    Un requisito para poder desgravarte como vivienda habitual es empadronarte, y yo no lo cumplía. Repito, la ignorancia no exime de nada.
    Además al tiempo vendí esa casa por nuevo cambio de trabajo y no pude reinvertir lo ganado para comprarme un nueva vivienda habitual. Más pasta que no gané.

    Lo de "no te esmerastes en probar demasiado...." voy a hacer como que no lo he leido. Que sabrás tú de mí.
    Y en lo último aciertas. Estudié el tema y si recurría podía salir abofeteado, 3 años en el limbo.

    Saludos

  4. #2604

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Cambiando el tercio, acabo de recibir esto:

    Información acerca de la entrada en vigor de la Ley el Juego en España
    Informamos a los usuarios residentes en España de que Salsabet.com no entrará en el mercado regulado español, por lo que, desde la entrada en vigor de la ley del juego en España, cualquier jugador con IP española no podrá acceder al programa de poker, realizar apuestas deportivas o jugar a juegos de Casino.
    Sin embargo, desde que entre en vigor esta ley, todos los usuarios residentes en España podrán acceder a su cajero y realizar retiradas de dinero con completa normalidad durante un mes.
    Inicialmente, los jugadores con residencia en España podrán continuar jugando y operando con normalidad en Salsabet hasta el día 30 de Diciembre, sin embargo, y debido a un posible retraso de la entrada en vigor de la nueva ley, es posible que esta fecha sea finalmente retrasada.
    Nos encontramos a la espera de confirmación oficial de este hecho, y en el momento en que tengamos información al respecto, informaremos a los usuarios de cuál será la fecha final hasta la que se podrá continuar operando desde direcciones IP españolas.
    Estamos a tu completa disposición para ampliar información o resolver cualquier tipo de duda en nuestro departamento de soporte: soporte@salsabet.com.
    Atentamente
    Equipo Salsabet.com



    Increible que a 5 dias de entrada en vigor de la ley, todavia se hable de posibilidades.

  5. #2605

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    a dos dias pues el consejo de ministros en el que se debe decidir es el dia 30
    y se puede decir por que no tienen nada claro la cosa y ese dia se sabra (eso creo)
    saludos
    11 años en el sector de las apuestas deportivas online.

  6. #2606

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Es increible que falte tan poco para que empiece el año y que aun no se sepa nada en claro, ni como proceder ni nada, espero que haya prorroga porque sino la que van a liar es buena.

  7. #2607

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por contrafraude Ver post
    Me conformé, en el limbo estaban otros 3 años.

    Me lo recomendaron funcionarios de hacienda, que ni las va ni les viene.

    Por supuesto que no te di todos los datos, era un pequeño resumen, aqui se supone que se habla de la Ley de Regulación del Juego. Quieres mi DNI, dirección, nombre de los funcionarios de hacienda o de mis vecinos, escrituras.....venga ya.

    Aún así te diré más. Compré la vivienda de segunda mano, todo legal sin subidad ni bajadas de tasación, ni dinero en B....Todos los suministros a mi nombre.Cuando fui a HAcienda claro que presenté las domiciliaciones y las facturas, además del favor de mis vecinos. No tenía más viviendas, me declaraba esa como vivienda habitual, pero seguía empadronado en la casa familiar, en donde me criaron.

    Un requisito para poder desgravarte como vivienda habitual es empadronarte, y yo no lo cumplía. Repito, la ignorancia no exime de nada.
    Además al tiempo vendí esa casa por nuevo cambio de trabajo y no pude reinvertir lo ganado para comprarme un nueva vivienda habitual. Más pasta que no gané.

    Lo de "no te esmerastes en probar demasiado...." voy a hacer como que no lo he leido. Que sabrás tú de mí.
    Y en lo último aciertas. Estudié el tema y si recurría podía salir abofeteado, 3 años en el limbo.

    Saludos
    Te voy a contestar aunque no me explico cómo te pones así... quizá a alguno le sirva

    1. En mi opinión hiciste muy mal conformándote... parece que fuiste a hablar con un funcionario y le llevaste los documetos en el PLAZO DE ALEGACIONES...

    Vale, ese es el primer momento para actuar... si no te hacen ni caso tienes una segunda posibilidad de recurso en la propia via administrativa...

    Si tampoco te hacen caso recurres al económico-administrativo... Jueces independientes... obligados a resolver en 6 meses... aunque a veces tardan más...

    ¿cual es tu perjuicio? ¿3 años en el limbo? lo dudo. En el peor de los casos pasados los 6 meses sin resolver se entiende que la resolución es negativa, pagas lo que tenías que haber pagado e intereses y ya está. Si pasado un año resuelven a tu favor, se pide la devolución de lo pagado y es la Admin la que te paga con intereses... por lo tanto por un riesgo de unos intereses, no siendo obligatorio abogado, yo reclamaría... (si contratas a un abogado y te cobra 300€ ya es otra cosa)

    2. Según tengo entendido el empadronamiento en un Ayuntamiento no es más que un registro administrativo, y no es vinculante para esas deducciones...

    Yo no me fiaría de un funcionario que no quiere trabajar, es más, si hasta llamando al teléfono de ayuda de hacienda les preguntas lo mismo a dos funcionarios y te contestan cosas distintas.

    Mira estos links, hay cientos de consultas iguales por internet...

    http://contafisca.es/2011/02/deduccion-por-vivienda-habitual-y.html

    Un lector del blog nos hace la siguiente pregunta:


    "Me he comprado una vivienda en granada capital, yo estoy empadronado en mi pueblo natal de granada también, ¿es necesario que cambie el empadronamiento para poder desgravar fiscalmente la vivienda? Desde luego es la nueva casa donde voy a vivir, pero querría seguir empadronado en mi pueblo natal, ¿es posible? ¿puede haber algún problema?
    Gracias de antemano por la ayuda "

    En principio no hay ningún problema en seguir empadronado en su pueblo natal, la Agencia Tributaria es cierto que en caso de requerimiento o inspección suele solicitar algún tipo de documento oficial con el que justificar que se esta residiendo en la vivienda denomina habitual y que no se realiza un fraude fiscal, lo más habitual suele ser el certificado de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento, ante el que la Agencia Tributaria no suele poner problema alguno, pero también valdría los recibos de consumo de gas, agua, luz,..., que justifiquen que esta residiendo en la vivienda, un certificado de escolaridad de sus hijos en una escuela de Granada.


    http://www.porticolegal.com/foro/tributario/378816/domicilio+fiscal+y+domicilio+de+empadronamiento

    Es un grave error confundir empadronamiento con domicilio fiscal o vivienda habitual. Vivienda habitual es la vivienda en la cual vives, y tu domicilio fiscal tiene que estar entu vivienda habitual (porque es donde vives,). El empadronamiento no deja de ser un medio de prueba mas que demuestra que una vivienda es habitual o no, pero nada mas.


  8. #2608

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    No se que pasaria para que te hicieran devolver lo desgravado por la vivienda habitual, pero desde luego el estar empadronado como han dicho no es un requisito imprescindible, de eso estoy seguro, tengo varios casos como el tuyo cada año en mi trabajo y se seguro que el estar empadronado en la ciudad donde tienes tu vivienda habitual solo es imprescindible hacerlo en el caso de tener una vivienda de proteccion oficial (y esto algunos ayuntamientos tampoco lo exigen), si no no es necesario hacerlo, pero bueno si os parece dejamos ese tema y vamos a lo que trata el foro que es de apuestas, porque desgraciadamente para ti tu caso ya no tiene solución porque ya es tarde.

    Ayer como ya dije escribi un correo a mi casa de apuestas para pedir que hicieran lo posible para intentar incluir un mercado que no aparece en el catalogo de anteproyecto de ley (ganador del frame actual en el snooker) y esta a sido la respuesta que me han dado:

    Estimado Sr. Fernández:

    Gracias por su e-mail.

    Agradecemos que nos comunique su interés en dichos mercados. Si bien, nosotros sólo podremos ofrecer mercados que la ley nos permita.

    Dentro de los mercados que la ley fija como ofrecibles, podremos remitir solicitudes de clientes para hacer que sea posible apostar a ellos; sin embargo, si no se encuentran recogidos en la ley no podremos hacer nada para satisfacer su deseo.


    Si necesita asistencia adicional con éste o cualquier otro asunto, por favor no dude en contactarnos. Disponemos de un servicio de 24 horas de asesores de atención al cliente en el Chat en vivo, por correo electrónico a support-spa@customerservices365.com, o por teléfono llamando al número gratuito 900 811 365 ó alternativamente llamando al +44 1782 684659. Estaremos encantados de poder atenderle.

    Saludos cordiales,

    Hector S
    Bet365

    De este correo extraigo dos conclusiones:

    1.- Ya sabeis, si alguno considera que deberian incluir tal mercado que ahora no aparece, lo que hay que hacer es abrasar a las casas de apuestas de peticiones y tratar de que así ellos intenten que se incluya, al parecer es la unica via factible para tratar de que haya mas mercados disponibles.


    2.- Por lo que pone el correo parece claro que en Bet365 estan seguros de que ellos van a ser uno de los que optenga licencia cuando aparezca la ley, otro tema sera el cuando estara la ley (al paso que van les doy otros 3 años, jaja)

  9. #2609

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Te voy a contestar aunque no me explico cómo te pones así... quizá a alguno le sirva

    1. En mi opinión hiciste muy mal conformándote... parece que fuiste a hablar con un funcionario y le llevaste los documetos en el PLAZO DE ALEGACIONES...

    Vale, ese es el primer momento para actuar... si no te hacen ni caso tienes una segunda posibilidad de recurso en la propia via administrativa...

    Si tampoco te hacen caso recurres al económico-administrativo... Jueces independientes... obligados a resolver en 6 meses... aunque a veces tardan más...

    ¿cual es tu perjuicio? ¿3 años en el limbo? lo dudo. En el peor de los casos pasados los 6 meses sin resolver se entiende que la resolución es negativa, pagas lo que tenías que haber pagado e intereses y ya está. Si pasado un año resuelven a tu favor, se pide la devolución de lo pagado y es la Admin la que te paga con intereses... por lo tanto por un riesgo de unos intereses, no siendo obligatorio abogado, yo reclamaría... (si contratas a un abogado y te cobra 300€ ya es otra cosa)

    2. Según tengo entendido el empadronamiento en un Ayuntamiento no es más que un registro administrativo, y no es vinculante para esas deducciones...

    Yo no me fiaría de un funcionario que no quiere trabajar, es más, si hasta llamando al teléfono de ayuda de hacienda les preguntas lo mismo a dos funcionarios y te contestan cosas distintas.

    Mira estos links, hay cientos de consultas iguales por internet...

    http://contafisca.es/2011/02/deduccion-por-vivienda-habitual-y.html

    Un lector del blog nos hace la siguiente pregunta:


    "Me he comprado una vivienda en granada capital, yo estoy empadronado en mi pueblo natal de granada también, ¿es necesario que cambie el empadronamiento para poder desgravar fiscalmente la vivienda? Desde luego es la nueva casa donde voy a vivir, pero querría seguir empadronado en mi pueblo natal, ¿es posible? ¿puede haber algún problema?
    Gracias de antemano por la ayuda "

    En principio no hay ningún problema en seguir empadronado en su pueblo natal, la Agencia Tributaria es cierto que en caso de requerimiento o inspección suele solicitar algún tipo de documento oficial con el que justificar que se esta residiendo en la vivienda denomina habitual y que no se realiza un fraude fiscal, lo más habitual suele ser el certificado de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento, ante el que la Agencia Tributaria no suele poner problema alguno, pero también valdría los recibos de consumo de gas, agua, luz,..., que justifiquen que esta residiendo en la vivienda, un certificado de escolaridad de sus hijos en una escuela de Granada.


    http://www.porticolegal.com/foro/tributario/378816/domicilio+fiscal+y+domicilio+de+empadronamiento

    Es un grave error confundir empadronamiento con domicilio fiscal o vivienda habitual. Vivienda habitual es la vivienda en la cual vives, y tu domicilio fiscal tiene que estar entu vivienda habitual (porque es donde vives,). El empadronamiento no deja de ser un medio de prueba mas que demuestra que una vivienda es habitual o no, pero nada mas.

    Creo que me expliqué mal. El perjuicio de quejarme más es que me miraran los 3 años anteriores, sobretodo el primero que me devolvieron un montón. Ya ha prescrito.

    En lo del empadronamiento nadie se pone de acuerdo. Pero ahora recomiendo empadronarse y tenerlo todo bien atadito.

    Saludos

  10. #2610

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    Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto

    me llama bastante la atencion que hagan una ley tan importante mañana, cuando.. estaran pensando en el cochinillo y las uvas.

    Sera q no hay dias, anda q no le dan vueltas a la cosa jeje

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