Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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SELAH
Opacidad fiscal dicen, flipante
Claro, como vivimos en una Europa plenamente democrática y con unos partidos políticos ejemplo de transparencia. Sin contar que han de ir al prototipo de la democracia, China, a que les preste el dinero que ellos han
despilfarrado cuando no malversado
Viva Europa!!! (De momento UK en la prácica no es Europa, veremos lo que dura)
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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IOC
Y si borran todos tus datos, q van a hacer con las apuestas pendientes? Como te pagan si ganas si han borrado todos tus datos?
He leido que si en el Senado deciden incorporar alguna enmienda mas, luego se tendria q aprobar en el Congreso. Supondria esto alguna ampliacion de ese plazo de 20 dias en los q va a entrar en vigor la ley?
La Ley todavía no se ha aprobado del todo.
Se ha dado un paso hacia adelante. Se ha aprobado en el Congreso. Ahora debe ir al Senado y otra vez se pueden enmendar los artículos. Como la tramitación es urgente podría aprobarse en el Senado en 20 días... la entrada en vigor tardará un poco más, el Rey debe sancionarla (firmar), y luego se publica...
Constitución Española
Artículo 90.
1. Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.
2. El Senado, en el plazo de dos meses a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.
3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.
Artículo 91.
El Rey sancionará en el plazo de quince días las Leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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josel
La Ley todavía no se ha aprobado del todo.
Se ha dado un paso hacia adelante. Se ha aprobado en el Congreso. Ahora debe ir al Senado y otra vez se pueden enmendar los artículos. Como la tramitación es urgente podría aprobarse en el Senado en 20 días... la entrada en vigor tardará un poco más, el Rey debe sancionarla (firmar), y luego se publica...
Constitución Española
Artículo 90.
1. Aprobado un proyecto de Ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.
2. El Senado, en el plazo de dos meses a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.
3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.
Artículo 91.
El Rey sancionará en el plazo de quince días las Leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.
Pero parece que tienen prisa, a un asunto claramente no urgente le han dado ese carácter. Lamentablemente, dudo que el Senado introduzca enmiendas y se retrase algo la entrada en vigor
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Vamos a ver, respecto a la entrada en vigor de la ley... que esto preocupa mucho...
El artículo 2 del Código Civil dice que "Las Leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa."
En este caso el Proyecto de ley que todos conocemos decía que entraba en vigor al día siguiente de su publicación... supongo que seguirá igual. Al disponerse expresamente su entrada en vigor al día siguiente de su publicación, será así.
La cuestión es si en el Senado se modifica o se aprueba incorporar una Disposición Transitoria que fije un periodo de tiempo para que las casas se acomoden a la nueva ley y ésta entre en vigor más tarde. Es lo que pretenden varios partidos y lo más racional, aunque con unos presionando por detrás y otros sin tener ni idea de los problemas que están creando ya veremos lo que sucede.
PD: Con la de Leyes que entran en vigor a los 6 meses de su publicación... en este caso yo creo que lo optimo sería que entraran en vigor a los 3 meses de su publicación, en el verano, cuando supuestamente menos perjuicio se causaría al sector.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
¿Donde se puede consultar el texto definitivamente aprobado, con las enmiendas introducdas?, supongo que será público
Nos daría una buena idea de por donde van a ir los tiros y tiempo para actuar en consecuencia
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
UEFarsa
¿Donde se puede consultar el texto definitivamente aprobado, con las enmiendas introducdas?, supongo que será público
Nos daría una buena idea de por donde van a ir los tiros y tiempo para actuar en consecuencia
Aún no lo han subido. Supongo que en unos días estará
http://www.congreso.es/portal/page/p...concluido.fase.
Nos dá igual, lo más importante lo han dejado para el final... si habrá o no periodo transitorio
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
pero entonces a modo de resumen como parece que va a quedar la situacion igual que hasta ahora mas o menos con unas peores cuotas o habra cambios mas drasticos?
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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josel
lo más importante lo han dejado para el final... si habrá o no periodo transitorio
Hombre, si hay periodo transitorio aparentemente sería más o menos sobre el verano, con esto quiero decir que lo que a mi realmente me preocupa no es eso, es que se instale Betfair o no por que un periodo es lo de menos, lo importante es si disfrutaremos o no en el futuro de Betfair.
Me da la sensación de que sobre este tema no estáis haciendo hincapié en este hilo cuando creo que es lo más importante, no hay que olvidar que en Francia ya no opera, en Alemania viendo la nueva tributación tampoco, en Italia ilegalmente... Vamos que la cosa no está nada clara y a ver cuanto dura con bookies tradicionales el que gane algo...
Y otra cosa, en el problema de la puesta a 0 de las bookies tampoco estoy de acuerdo con que lo malo sea el lío que se va a montar, lo malo malo es que no sabemos cuantas podrán pagar a toda España a la vez...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Una cosita: partir de cero entonces, supone una amnistía fiscal, ¿no?
Liquidación y borrado de datos mola y eso.
Algo es algo, oye