Originalmente publicado por
desplumado
Buenos días.
En este caluroso día aquí en Madrid, me ha dado por reflexionar un poco más sobre la actual situación del juego en España, sobre todo de las apuestas deportivas, que es el ámbito donde yo me movía.
Todos estamos esperando la tan deseada aclaración sobre la tributación al jugador. Pero que a nadie se le olvide que la situación actual es la siguiente:
- Tributación por ingreso individual (no se compensan apuestas perdidas), tal y como lo estipula la Ley del IRPF actual.
- Hacienda, a través de Ordenación del Juego, tiene acceso a la información de dichas apuestas de forma automática
Obviamente, nadie sabe todavía cómo Hacienda hará uso de toda la información disponible. Muchos piensan que aunque dispongan de la información, no disponen de los medios para aplicar la ley. Los que somos algo conocedores de aspectos tales como bases de datos, y tratamiento de grandes cantidades de información, sabemos que hacer los cálculos necesarios para aplicar la Ley de IRPF es relativamente sencillo. Por tanto, y esto es mi opinion, la aplicación o no de la Ley creo que no depende más que de la voluntad de los responsables de Hacienda de aplicarla.
Cuestión a parte es el conocimiento de esta situación para la mayoría de los jugadores de este país. Obviamente los jugadores que nos tomábamos nuestra actividad muy en serio, estábamos y estamos muy al corriente de aspectos tributarios y legales. Pero el gran contingente de jugadores, pienso, que está compuesto por jugadores 'informales', que es bastante probable que desconozcan por completo el régimen fiscal al que están expuestos en su inocente actividad apostadora. A su favor está el hecho de que en su inmensa mayoría las cantidades jugadas no son lo suficientemente grandes como para que la factura teórica a pagar a Hacienda sea voluminosa. Pero también es cierto que entre toda esa 'gran manada' de jugadores desinformados habrá algún jugador muy activo, recreativo pero que haga muchas apuestas por alguna razón, y que aunque al final del año termine flat o con ligeras pérdidas netas, la factura del IRPF si sea voluminosa y en teoría le suponga un problema económico muy serio. A que sucedan este tipo de situaciones también se arriesgan los poderes públicos. Por tanto, y resumiendo, creo que por una parte Hacienda no tiene que decir nada sobre la tributación del juego, porque ya hay una Ley que estipula cómo se tributa; pero por otro lado, es bastante irresponsable que no informen convenientemente a todos los jugadores de esta situación, una irresponsabilidad que puede causar más de un drama en un futuro cercano.
Y para extenderme mucho más, y con el permiso de Joel, me gustaría exponer una idea que estuve dándole vueltas con un compañero de trabajo.
- Creo que la Ley del Juego, lo que se prohibe a las empresas que no tengan licencia española es aceptar a jugadores residentes en España; incluso creo que tampoco pueden aceptar a jugadores residentes en otras partes del mundo si se conectan desde España.
- La Ley del Juego no regula las apuestas cruzadas, tipo exchanges como Betfair, con lo que el único sitio donde consistentemente se podría ganar dinero en apuestas deportivas en España está prohibido.
- Por otro lado sabemos que Betfair acepta cuentas corporativas: esto es, acepta usuarios que sean empresas, por ejemplo que en lugar de conectarte en nombre de José Pérez, te conectas en nombre de JosePerezBetting Llc.
- Por otro lado sabemos que por la normativa de la Unión Europea, cualquier ciudadano de la UE (y de momendo los ciudadanos españoles son ciudadanos de la UE) tiene libertad de movimientos y de capitales en todo el territorio de la UE. Esto implica que cualquier español puede formar una empresa en cualquier país de la UE.
- Pongamos el caso de que José Pérez decide montar una empresa cuyo objeto social sea apostar (algo así como un fondo de inversión dedicado a apostar): JosePerezBetting Llc. en Irlanda, cosa que puede hacer. Muchos estarán pensando que para hacer esto es necesario residir en Irlanda. Pero, según mis investigaciones, esto no es cierto, y por lo tanto JosePerezBetting Llc. es perfectamente legal.
- Al ser una empresa irlandesa, tiene residencia fiscal irlandesa, y puede ser cliente de Betfair sin ningún problema, no estaría sometida a la ley española. O al menos eso creo yo.
- Supongamos que el capital de JosePerezBetting Llc. es de una acción por x euros, propiedad de José Pérez. Es decir, una sociedad irlandesa cuyo único accionista es un ciudadano español.
- En Irlanda, los beneficios empresariales tributan al 12,5%; por lo que los beneficios de apuestas tributarían a esa tasa.
- Para disfrutar de esos beneficios, José Pérez necesitaría cobrar dividendos de su acción en su empresa. Al ser ciudadano español, en el cobro de dividendos a José le aplican el impuesto sobre beneficios de capital mobiliario, que como mucho llega al 25%. Tras lo cuál, el dinero ya está totalmente legal en la cuenta corriente de José Pérez. En total, entre impuestos corporativos en Irlanda más impuestos del capital en España, José Pérez tiene que pagar un 34,37% de impuestos por los beneficios de sus apuestas en Betfair.
Se que todo este esquema parece complicado, realmente lo es. Pero para un apostador que mueva cantidades serias de dinero, sería una forma de seguir en el mundo de Betfair (el único sitio, en mi opinion, donde ganar dinero) con total compatibilidad con la actual legislación española sobre el juego.
¿Saben qué problemas podrían impedir una estructura así? Es que estoy seriamente planteándome montar este tipo de sociedad, porque se ajusta bastante a mis necesidades. Si a alguien le preocupa el coste de montar una empresa en Irlanda, decirle que es muy muy barato y rápido, nada que ver con España.
Gracias
Un saludo.