Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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limones
¿y si en vez de 1 euro nos jugamos 5000 cada uno y no somos amigos?
Aquí llegamos al gran problema de la regulación arcaica que tenemos... nuestro código civil es de 1889.
Vale que realizar una apuesta sea un contrato aleatorio o de suerte..."Por el contrato aleatorio, una de las partes, o ambas recíprocamente, se obligan a dar o hacer alguna cosa en equivalencia de lo que la otra parte ha de dar o hacer para el caso de un acontecimiento incierto, o que ha de ocurrir en tiempo indeterminado" (art. 1790 CC)
EL PROBLEMA ES COBRAR...
El Código Civil en su artículo 1798 dice "La Ley no concede acción para reclamar lo que se gana en un juego de suerte, envite o azar, pero el que pierde no puede repetir lo que haya pagado voluntariamente, a no ser que hubiese mediado dolo, o que fuera menor, o estuviera inhabilitado para administrar sus bienes"
Frente a ello el artículo 1801 dice "El que pierde en un juego o apuesta de los no prohibidos queda obligado civilmente."
¿Y cuales son los juegos lícitos? El art. 1800 precisa "No se consideran prohibidos los juegos que contribuyen al ejercicio del cuerpo, como son los que tienen por objeto adiestrarse en el manejo de las armas, las carreras a pie o a caballo, las de carros, el juego de pelota y otros de análoga naturaleza."
Hasta 1977 teníamos el Código Civil, y llegó el Real Decreto Ley 16/1977 de 25 de febrero por el que se regulan los Aspectos Penales, Administrativos y Fiscales de los Juegos de Suerte, Envite o Azar y Apuestas.
Para liar más las cosas, no derogó el Código Civil, pero a partir de este momento doctrina y los tribunales han venido entendiendo que es juego ilícito aquel que se realiza al margen de las regulaciones legales de cualquier orden, fundamentalmente el administrativo.
Así lo expresa, por ejemplo, el Tribunal Supremo en su Sentencia 1988/1456, de 23 febrero:
"De tal interpretación normativa ha de inferirse que los juegos de suerte, envite o azar declarados legales y practicados en lugares autorizados al efecto ya no puedan seguir considerándose prohibidos y, en consecuencia, obligan a pagar al que pierde y, por ello, el que gana tiene derecho y acción para exigir lo ganado, configurándose las ganancias o pérdidas que resultan de aquellos como el efecto consustancial del riesgo o aleas que define y caracteriza el juego.
Cualquiera otra interpretación, enraizada en la tradicional inexigibilidad de las deudas de juego o basada en motivos morales, sociales o familiares -ya ponderados por el legislador al legalizar el juego, con sus inevitables consecuencias negativas- sería además contraria al principio de seguridad jurídica consagrado por la Constitución y a la seriedad del tráfico comercial, en que se integra plenamente la práctica del juego en aquellos locales y Casinos que, ajustándose a las específicas exigencias legales, hacen de tales juegos objeto propio de su actividad pública. En consecuencia, los juegos de suerte, envite o azar así practicados pierden la condición de "prohibidos" y alcanzan la "cobertura" o reconocimiento jurídico del que hasta ahora carecía en los artículos 1798 y 1799 del Código Civil , al dejar de estar desprotegidos en la parte y añeja regulación del propio Código, donde la simple lectura, por ejemplo, del artículo 1800 hace obligada e inexcusable la ya proclamada interpretación de las normas con arreglo a la nueva situación jurídica de los juegos legalizados conforme a la realidad social del tiempo presente, pues no cabe seguir manteniendo con carácter rígido y literal y sin la debida flexibilidad y adecuadas matizaciones que "no se consideran prohibidos los juegos... que tienen por objeto adiestrarse en el manejo de las armas" o "las carreras de carros".... en cuya enumeración es patente el alejamiento de ciertos supuestos allí enumerados de la vigente realidad social."art.1798 EDL 1889/1 art.1799 EDL 1889/1
Es decir, cada vez que se hace una apuesta en un casino o en un lugar perfectamente autorizado, se celebra un contrato, que se ha señalado como aleatorio, y se podrá reclamar contra la persona que participó por aquellas cantidades perdidas.
Son evidentes las razones de orden público y de seguridad jurídica tras esta configuración, ya que si un establecimiento que autorizado, que paga sus impuestos y cumple con las normas que regulan su funcionamiento, lo que no puede ser es dejarle sin la protección en caso de que las personas que hacen uso de sus servicios no atiendan sus compromisos.
Incluso aunque el local contravenga la normativa que rige su estatuto, como en el caso de la sentencia precitada en la que se alegaba que como el casino había prestado dinero al jugador (algo prohíbido) el juego se convertía en ilícto, ello no convierte en ilícito el juego sino que el establecimiento podrá ser objeto de la sanción gubernativa que corresponda.
Otra cosa curiosa de la regulación del juego en el Código Civil es que a pesar de que no se pueda reclamar lo ganado en un juego ilícito, si uno paga voluntariamente no puede reclamar la devolución de lo entregado. Esto es llamativo si se analiza el artículo 6.3 del CC, ya que hacer algo contra el ordenamiento provocaría la nulidad:
3. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.
Es decir, no se reconoce la nulidad de pleno derecho, que motivaría la devolución de lo entregado al ser nulo el contrato, sino que al preveerse el efecto de respeto a lo hecho en ese momento se mantiene como legitimamente ganado.
Y en esta misma línea se consolida la jurisprudencia del Tribunal Supremo, escasa estos temas, con la reciente sentencia de 10 de abril de 2010 que niega al participante y perdedor el derecho a recuperar lo pagado en una partida de bacarrat en un bar.
¿En qué situación quedarían los juegos entre particulares?
El Decreto de 14 de octubre de 1978 establecía una modificación al RD 444/1977, que fijaba, entre otras cosas, el ámbito de aplicación del RDL 16/1977, señalando en su artículo 1.2 que:
" Dos. Quedan unicamente excluidos del ambito del presente real decreto los juegos o competiciones de puro pasatiempo o recreo, constitutivos de usos sociales de caracter tradicional o familiar que produzcan entre los jugadores transferencias de escasa importancia economica, siempre que no sean objeto de explotacion lucrativa para los jugadores o por personas ajenas a ellos y sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo segundo, apartado cuatro. La practica de estos juegos y competiciones se entiende licita sin que se precise para ello autorizacion administrativa y sin perjuicio de las competencias que correspondan a las autoridades administrativas por razones distintas a la mera practica del juego o por motivos de orden publico"
El problema está en determinar si esta mención los convierte en lícitos o ilícitos a los efectos de poder solicitar el pago de lo ganado.
Es razonable pensar que dado que se dejan al margen del ámbito de aplicación de la norma pero no por razones de ilegalizarlo sino de consentirlo como algo propio del desarrollo social en comunidad, lo lógico es que estos juegos no se consideren ilícitos por estar autorizados y por lo tanto disfrutarían de la exigibilidad de las deudad del Código Civil.
Otro circunstancia a considerar respecto del pago es que en el caso de deudas de una persona casada el otro cónyuge no responde, aun estando en situación de gananciales por las deudas de juego del otro. Artículo 1372 CC:
"De lo perdido y no pagado por alguno de los cónyuges en los juegos en que la Ley concede acción para reclamar lo que se gane responden exclusivamente los bienes privativos del deudor."
Por lo que no puede demandarse al conyuge, como convalidó, entre otras, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya de 7 marzo 2008, en un caso de apuestas en frontones por partidos de pelota mano que tanto conocemos en el norte de España.
Y a lo anterior habría que añadir lo establecido para el caso de los menores o incapaces, que no pueden participar e incluso se puede reclamar lo que volutnariamente hayan entregado.
Por lo tanto, Limones, con la Ley en la mano y la ayuda de algunos artículos doctrinales acabamos la clase de derecho de hoy concluyendo que entre esos dos no conocidos la apuesta de 5000 es ilícita y probablemente no se podría reclamar judicialmente el impago... si tu oponente no es un caballero.
Por contra, si juegas en un local con los permisos administrativos correspondientes, tienes a tu alcance la vía judicial para reclamar cualquier impago.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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josel
...
Por lo tanto, Limones, con la Ley en la mano y la ayuda de algunos artículos doctrinales acabamos la clase de derecho de hoy concluyendo que entre esos dos no conocidos la apuesta de 5000 es ilícita y probablemente no se podría reclamar judicialmente el impago... si tu oponente no es un caballero.
Por contra, si juegas en un local con los permisos administrativos correspondientes, tienes a tu alcance la vía judicial para reclamar cualquier impago.
No vamos a regatear la cifra. Que si 1 que si 5000. Lo que esta claro es que esta ley es una chapuza.
Podriamos ir mas alla en temas como que quien dice "reunion social" la tecnologia lo transforma en "reunion en red social". Pufffff, que mala pinta tiene controlar esto, si uno esta entre caballeros que son amiguetes de fiar y no cobran comision ni les quitan parte cuando ganen. No quisiera estar en el pellejo de Ovejo.
Con lo facil que seria que los poquiiiiiiiiiisimos que ganan se lo pudieran gastar tranquilamente en ayudar la economia del comercio de sus pueblos, en vez de esconderlo debajo del colchon.
Voy a dejarlo aqui porque si nos metemos en mas jardines te haces el pinche de Laura Guillot. ¿has pensado en preguntarle si necesita un ayudante? España te necesita Josel :D
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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limones
Betfair ha pagado una miseria. 10 millones de euros. Se han reido a la cara de la hacienda española.
Mira Nadal Vs Nole. Un solo partido y se cruzaron más de 68 millones de euros en los mercados de intercambio en todo el mundo.
Aunque ni un solo euro mas entrara en la empresa de ningun español la licencia les da derecho a publicitar. Y a publicitar donde se ve fuera de España. Un chollo.
Y encima no cierran las puertas.
Claro que 2 jueguitos como este y pagan la cuota a Hacienda. Pero esta fácil de entender un día o dos cobrando el 5% de todos sus mercados, pagan hacienda, nómina, gastos, etc., es decir, tienen 28 días de ganancia. Todo es hipoteticamente hablando, habría que irse al Estado de Ganancias y Pérdidas de betfair. Recuerdo que un día lo ví las ganancias eran buenisimas, habría que ver el actual.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
por cierto, yo pensé que con la nueva Ley las bookies estarían obligadas a eliminar las limitaciones personales a algunos usuarios, pero yo sigo igual de limitado que antes en Bet365 e Interapuestas. ¿cambiarán eso alguna vez?
Si encima de que nos van a meter la sablada por ganancias sin poder deducir pérdidas, aún asi permiten que se siga limitando a gente, entonces ya si que el apostador que intente ganar algo de dinerillo a largo plazo lo tiene imposible (y encima ya no le quedará ni Betfair...)
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Cuando los que estáis limitados reclaméis ante la DGOJ quizás cambie algo.
Hasta ahora sólo leo gente protestando en los foros, pero nadie reclama ante la DGOJ.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Joder, en Nitro están echando un programa llamado Ganing Casino (Ganing.es) en el que se juega a la ruleta y comentan las apuestas de la gente en directo...
Lo cojonudo es que el presentador incita a utilizar la estrategia de la martingala en tiradas tipo rojo/negro o par/impar ya que explica que como la probabilidad es del 50% al final se acierta..
Esta es la protección al jugador que ofrece el juego del Sr. Alejo... en unos meses se van a multiplicar los problemas de ludopatía porque la gente se cree a todos estos engañabobos.
Ahora pasan a Neox... Y presenta una rubia que dice "decidir con inteligencia y con cautela lo que ingresáis por primera vez porque os duplicamos el primer ingreso hasta 100 euros..."
Es interesante ver lo que apuesta y gana la gente para ver el nivel de vicio...
Jojojo, no hacen mas que repetir que es un juego seguro y certificado por la DGOJ
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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josel
Joder, en Nitro están echando un programa llamado Ganing Casino (Ganing.es) en el que se juega a la ruleta y comentan las apuestas de la gente en directo...
Lo cojonudo es que el presentador incita a utilizar la estrategia de la martingala en tiradas tipo rojo/negro o par/impar ya que explica que como la probabilidad es del 50% al final se acierta..
Esta es la protección al jugador que ofrece el juego del Sr. Alejo... en unos meses se van a multiplicar los problemas de ludopatía porque la gente se cree a todos estos engañabobos.
Que vergüenza, que asco. Estoy totalmente de acuerdo, ahí terminará el asunto.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Han pasado a Neox... Si que hay gente jugando... Se ven las jugadas de la gente y hay apuestas a casi todos los números de la ruleta.
Dan 3 minutos para apostar... Al menos la tirada de la ruleta es Live...
Cuanto vicio tiene la gente...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Qué vergüenza.
Ahora proponen el timo de la martingala hasta por televisión :(
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Jojojo otra vez el tío... " Memorizar la jugada de la martingala, que os va a solucionar algún problema y podréis recuperar..."
Espero que las asociaciones contra la ludopatía graben esta basura de programas... Vaya elemento el tipo este que no sabe lo que es la DGOJ, para este presentador el juego está controlado por la organización del juego...
Otra perla es liar a la gente con las estadísticas de los números calientes y fríos, vaya banda
"Queremos que aprendáis, queremos que seáis profesionales y ganéis mucho dinero" este tío es un showman
Debe ser que si aprendes los nombres de los tipos de jugada te conviertes en profesional y ya puedes apostar mas dinero para ir a por los plenos...