Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Mira que sois pesados con la misma pregunta.
Ya se os ha dicho que lo único oficial es que el día 1, mañana, se dan las licencias de 11:00 a 14:00h.
En las resoluciones de las licencias vendrá el anunciado retraso de la entrada en vigor del régimen sancionador hasta el día 5, y entonces será oficial (quizás también lo publiquen en la web de DGOJ)
¿Qué os van a decir en atención al cliente? Unos lo dan como seguro, otros no saben y otros se inventan respuestas...
Muchas casas ya pasan de lios y chapan mañana para no tener problemas. Otras aguantarán hasta el 5 a las 9 a.m. o cuando sea, mañana sabremos...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
Yuri
De Betfair a mi de momento no me ha llegado nada , ni correos ni nada , salvo hace 1 mes un formulario que no rellené para confirmar los datos , a ver hoy a las 00:00 , pero igual hasta el lunes o martes no sabremos nada.
Dentro de unas horas no pasará nada... las resoluciones de las licencias las entregan presencialmente de 11:00 a 14:00h y en ellas vendrá el día y hora a la que deben empezar a funcionar los portales .es
Los rumores y anuncios dicen que ha pasado de ser del dia 2 a las 0:00h al día 5 a las 9:00 a.m.
Veremos
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Os dejo un enlace del ministerio sobre como pasar el dinero de las .com a las .es. No me lo he leído pero siendo un documento oficial será importante.
http://www.minhap.gob.es/Documentaci...2031_05_12.pdf
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
noticia nueva entonces.
las casas de apuestas no pueden traspasar el dinero del .com al .es
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
algebet
Que, en particular, los fondos o derechos de crédito de los que los participantes
fueran titulares como usuarios registrados de una cuenta de juego bajo «.com» no
pueden ser de ningún modo traspasados a los nuevos registros bajo «.es» y que las
entidades titulares de los sitios web bajo «.com», con independencia de la relación
comercial o societaria que mantuvieran o pudieran mantener con un operador de
juego, no pueden en ningún caso, cuenten o no con el consentimiento del
participante, trasladar sus fondos o derechos de crédito a una cuenta de juego
vinculada a un registro bajo «.es».
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Citar:
Originalmente publicado por
algebet
Como la otra norma está en fase de tramitación han tenido que sacar deprisa y corrriendo estas instrucciones... lo de siempre
Aún así la mayoría de las casas se están pasado por el forro el punto 4. Hacen traspasos automáticos para no perder los saldos de los clientes..
Lo que pienso es que esto lo arreglarán muchas al loguearte por primera vez en el portal .es aceptando sin darte cuenta el traspaso de saldo porque nadie se lee las condiciones...
El problema es para el que no entre, que no se entera si le han traspasado la cuenta
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Lo de la tributación empieza a ser un tema manido.
Hay compañeros que han consultado a inspectores de hacienda, a abogados, a la OCU, e incluso hay consultas vinculantes a hacienda que esta no se digna a hacerlo. ¿Y? nada de nada. No sabemos nada oficialmente.
1) No sabemos la definición de premio para hacienda. (apuesta ganada). ¿Es solo el beneficio de la apuesta o con la devolución de lo apostado?
2) En lo unico que hay consenso es que se aplica por ahora el reglamento del IRPF para los juegos de azar, es decir, que no se deducen perdidas. Ello lo confirma el Sr. Alejo cuando dice que es posible que ello se cambie. (ergo es así)
¿Y como se interpreta esto? ¿Sobre apuesta ganada, en el sentido estricto? ¿sobre reintegros? ¿sobre premios-depositos?... Pues nadie se ha dignado a dejarlo claro a los apostadores. Sera lo que a los de hacienda le salga de los huevos.
3) En este contexto, donde puede prevalecer o no el sentido común (le rezo todas las noches al dios de la ordenanza tributaria para que ocurra en breve) algunos apostadores pensamos no mover un solo € hasta que tengamos claro este detallito de la tributación, ¿porqué, y si no prevalece el sentido común?
Por cierto, mi opinión personal de lo que pasará esta en: http://foroapuestas.forobet.com/la-c...tml#post478946
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Citar:
Originalmente publicado por
TRISTUS
Lo de la tributación empieza a ser un tema manido.
Hay compañeros que han consultado a inspectores de hacienda, a abogados, a la OCU, e incluso hay consultas vinculantes a hacienda que esta no se digna a hacerlo. ¿Y? nada de nada. No sabemos nada oficialmente.
1) No sabemos la definición de premio para hacienda. (apuesta ganada). ¿Es solo el beneficio de la apuesta o con la devolución de lo apostado?
2) En lo unico que hay consenso es que se aplica por ahora el reglamento del IRPF para los juegos de azar, es decir, que no se deducen perdidas. Ello lo confirma el Sr. Alejo cuando dice que es posible que ello se cambie. (ergo es así)
¿Y como se interpreta esto? ¿Sobre apuesta ganada, en el sentido estricto? ¿sobre reintegros? ¿sobre premios-depositos?... Pues nadie se ha dignado a dejarlo claro a los apostadores. Sera lo que a los de hacienda le salga de los huevos.
3) En este contexto, donde puede prevalecer o no el sentido común (le rezo todas las noches al dios de la ordenanza tributaria para que ocurra en breve) algunos apostadores pensamos no mover un solo € hasta que tengamos claro este detallito de la tributación, ¿porqué, y si no prevalece el sentido común?
Por cierto, mi opinión personal de lo que pasará esta en:
http://foroapuestas.forobet.com/la-c...tml#post478946
1. Por desgracia yo diría que el total devuelto, pues cuando la gente juega en el casino o en los hipódromos, por lo que han contado otros aquí, y gana un premio de +3000€, no descuentan lo que costó el boleto...
2. El Sr. Alejo no ha querido precisar nada... sus palabras se pueden interpretar de muchas formas...
Se podría estar pensando en descontar de lo ganado lo jugado sólo en las apuestas ganadas, se podría estar pensando en descontar de las apuestas ganadas lo jugado y las apuestas perdidas... él mismo no se ha querido pillar los dedos...
3. El sentido común es apelar a la esencia del incremento patrimonial, que sea real y no ficticio. Cuando se realizan muchísimas apuestas o se juegan muchas manos de póker el incremento patrimonial debe ser el real, pero por mucho que queramos que lo pongan por escrito, ya podemos esperar...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Estimado Xxxxxx,
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:flipo:
Me acaba de enviar este correo Pinnacle
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Pero en una cosa estamos deacuerdo, lo apostado/ganado/perdido hasta el dia 5 en las .com no tendrá efecto ninguno sobre la declaración? Si no que todo empezará a contabilizar desde el mismo ingreso en las .es licenciadas, es asi?