Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Scofield
Yo creo que al igual que otros "negocios" se deben tener en cuenta tanto las pérdidas como las ganancias. Es más, yo no tengo claro que no nos podamos desgravar las pérdidas, siempre que lo podamos demostrar. Es decir, si metemos 10, sacamos 5 y nuestra cuenta queda a 0, el poder declarar un decremento de patrimonio.
Una cosa es descontar de los beneficios de juego las pérdidas de juego y que el resultado sea cero o positivo y otra que el resultado sea negativo.
Si es negativo se declara como cero, porque las pérdidas de juego no se pueden compensar con otros conceptos de la declaración. Al menos según está regulado ahora el IRPF.
Ten en cuenta que el juego para los apostantes no es un "negocio". No es una actividad económica o profesional. Si se regulara como tal todo cambiaría.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Ya siento que no haya sido muy afortunado mi comentario. Pero veo que es una duda muy generalizada. Las cifras que dí, obviamente, son hipotéticas. Tanto valen para 1200 € como para 8000. Me referia que es lo movido por mi en mi primer mes de participación. Una año igual e igual hacienda me reclamar declarar sobre 12.000 euros de ganancias. Agradezco que se me haya aclarado que de momento no hay nada fijo sobre eso.
Y por supuesto lo acertado sería acudir a Hacienda a que me lo aclaren, o a un asesor económico y no a desconocidos de un foro. Pero de esa manera, los foros en internet no tendrían sentido.
Saludos y gracias por aceptarme
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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JONGALLARDO
Josel se me plantea una duda con respecto a la formula que sigue:
BENEFICIO A DECLARAR: ÚLTIMO SALDO A 31 DE DICIEMBRE - PRIMER SALDO A 1 DE ENERO + SUMA DE RETIRADAS - SUMA DE DEPÓSITOS.
Suponemos (5000-1000)+(0-0), puesto que no he hecho ningún deposito ni he retirado nada tampoco, según la formula tendría un beneficio de 4000€, que puede que el día después de hacer la declaración en un momento de enajenación pierda, por poner un ejemplo chorra, sin yo haber tenido un (ingreso,retirada o beneficio) real que es lo que tenemos todos por ejemplo cuando nos ingresan la nomina.
Hay, en una nomina, si sabe lo que te tiene que trincar el gobierno porque lo has cobrado y no hay mas tu tía, pero según la formula queda la duda de si esos 4000€ del ejemplo seguirán mucho tiempo en tu poder o no.
Frase: " Un tonto y su dinero no estarán mucho tiempo juntos" a mi me ha pasado alguna vez.
A lo que voy, si yo no hago efectivo el retiro de capital, sobre que tributo? sobre una posible ganancia que puede que pierda mañana?
No se si me explico.
Saludos.
Vamos a ver, por poner un ejemplo, imaginemos que si no cambia la ley IRPF, en junio de 2013 haces la declaración de la renta de 2012.
Lo que estás declarando con esa fórmula desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 es tu incremento patrimonial durante 2012.
Si por desgracia el 1 de enero de 2013 lo palmas todo, lo has perdido en el 2013... o lo compensas con ganancias en juego del 2013 o la jorobaste bien... pagas por ganar en el 2012 y no recuperas nada por perderlo en el 2013
PD: Según ese sistema hay un truquillo... ingresar dinero el 31 de diciembre y sacarlo en enero... pero la bola se hace cada vez más grande... hasta que lleguen años malos y se compensa...
La clave es cómo está configurado el impuesto, por desgracia en España las ganancias en juegos, concursos, etc por ahora son beneficios patrimoniales y hay que declararlos, excepto los que están exentos como la quiniela, lotería nacional, once, cruz roja, y algunas más.
Que quede claro que esto es como yo lo veo, pero tranquilos, que si incluyen los datos de las casas en la Información Fiscal y en el borrador, con el programa PADRE se importan sólos a la declaración IRPF y no habrá dudas...
Además como ya he dicho muchas veces, cada año cambian muchas cosas en el IRPF. Y más este año con cambio de gobierno. Ya nos preocuparemos cuando toque hacer la declaración...
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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JONGALLARDO
Vamos a ver a si lo entiendo, nos van a meter un palo muy gordo y muy largo por el culo no?
Has de pagar por anticipado una cosa que no sabes si tendrás o no al día siguiente, joder macho, estos tipos son diabólicos, si dedicaran el mismo esfuerzo en pensar cosas buenas que el que le dedican a dar por el culo a la gente que diferente seria todo.
No pagas por anticipado, estás pagando medio año después de terminar un año fiscal.
Por anticipado pagarías si hubiera retenciones sobre las apuestas ganadas, que por ahora no las hay.
Si no estás de acuerdo con el sistema porque te parece que "pagas por anticipado", retira todo tu dinero a finales de diciembre cada año, así estás pagando por tu ganancia real, y vuelve a ingresar en enero con lo que quieres partir... sería casi lo mismo.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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s1973
Ya siento que no haya sido muy afortunado mi comentario. Pero veo que es una duda muy generalizada. Las cifras que dí, obviamente, son hipotéticas. Tanto valen para 1200 € como para 8000. Me referia que es lo movido por mi en mi primer mes de participación. Una año igual e igual hacienda me reclamar declarar sobre 12.000 euros de ganancias. Agradezco que se me haya aclarado que de momento no hay nada fijo sobre eso.
Y por supuesto lo acertado sería acudir a Hacienda a que me lo aclaren, o a un asesor económico y no a desconocidos de un foro. Pero de esa manera, los foros en internet no tendrían sentido.
Saludos y gracias por aceptarme
No te preocupes, sólo has servido de chivo expiatorio para hacer ver a todos los demás que en un foro la gente que escribe no tiene porque tener ni pajolera idea de lo que escribe, e incluso pueden estar mintiéndote.
Fíjate que a pesar de la advertencia, han vuelto a postearse nuevos mensajes con la misma pregunta. Los foros están para muchas cosas, entre otras buscar la información que es de tu interés y juzgar si esta información es buena o mala. La búsqueda de la información interesante se hace mucho más difícil si el foro está lleno de preguntas repetidas una y otra vez y a las que se ha contestado ya.
Voy a hacer un último esfuerzo y a ponerlo bien grande, a ver si así los que siguen preguntando lo mismo una y otra vez, se dan por enterados:
- Según el impuesto del IRPF las ganancias en el juego son ganancias patrimoniales. Las pérdidas no generan pérdida patrimonial. Hay una casilla específica en la declaración de la Renta para poner estas ganancias patrimoniales. Luego este tema está claro y perfectamente legislado, desde antes de que existieran las apuestas por internet. La Ley del Juego no cambia nada en este aspecto.
- No esta claro como hay que contabilizar este incremento patrimonial. Todo son interpretaciones, por lo que más que buscar la que más nos interese, lo que hay que hacer es o bien realizar una consulta a Hacienda y aguantarse si no nos conviene lo que nos digan, o declarar cada año nuestro incremento de patrimonio calculado usando el sentido común, independientemente de que el día uno de enero nos volvamos locos y hagamos un all-in perdiendo todo ese incremento de patrimonio. La forma sensata de calcularlo siempre será, lo que tengo este año, más lo que he sacado, menos lo que he ingresado. Independientemente de que lo tengamos en una casa o en cien.
- Lo anterior no entra en vigor con la Ley del Juego, lleva vigente desde el principio de los días de las apuestas. No se a que viene ahora tanta preocupación por ello, puesto que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento y por lo tanto, quién más quién menos, lleva años cometiendo fraude. Ah si, que ahora van a saber lo que ganamos en las .es, pero: ¿No habíamos llegado ya a la conclusión de que en ellas es imposible ganar?
- Hay un tipo de apuestas que están libres de impuestos: la quiniela. El que no quiera pagar impuestos, ya sabe lo que tiene que hacer. El resto está obligado a pasar por caja.
- Todos, menos los ricos, pagamos impuestos desde que nos levantamos por la mañana. Toda actividad económica lo hace. ¿Por qué empeñarnos en no querer pagarlos con las apuestas?.
- Si la forma de calcular los impuestos acaba con la posibilidad de ganar, el camino es sencillo: dedicarse a otra cosa o el destierro. Estoy seguro que todo el mundo tiene vida después de las apuestas, el mundo no se acaba aquí.
Pues a ver si el siguiente post no vuelve a preguntar que hacer con las cantidades millonarias que se ganan con las apuestas....
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
JONGALLARDO
Vamos a ver a si lo entiendo, nos van a meter un palo muy gordo y muy largo por el culo no?
Has de pagar por anticipado una cosa que no sabes si tendrás o no al día siguiente, joder macho, estos tipos son diabólicos, si dedicaran el mismo esfuerzo en pensar cosas buenas que el que le dedican a dar por el culo a la gente que diferente seria todo.
Bajo ese planteamiento tambien el dinero lo puedes perder dentro de 2,3 o 5 años, asi que nunca pagarias impuestos por si pierdes algun dia tu patrimonio,
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Bueno veo que vuelve haber mas movimiento del habitual por ese hilo. Mirando por la red me he encontrado con este artículo que aunque dice muchas cosas que ya sabemos me parece que es interesante que lo leais. Seguimos en la espera...Ya queda menos!
http://blogs.diariovasco.com/tiempos...tra-ley-sinde/
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
Gosomo
Bueno veo que vuelve haber mas movimiento del habitual por ese hilo. Mirando por la red me he encontrado con este artículo que aunque dice muchas cosas que ya sabemos me parece que es interesante que lo leais. Seguimos en la espera...Ya queda menos!
http://blogs.diariovasco.com/tiempos...tra-ley-sinde/
Ruego encarecidamente que nadie lea el artículo, ya que el que lo escribe no tiene ni puta idea de lo que escribe, con errores bastante groseros como que el impuesto se cobra sobre los ingresos brutos.
Vaya país.....
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Para que veas, es cierto que dice sobre los ingresos generados y no sobre los netos, casi mejor lo quito, no sea que confunda mas al personal, aunque hay cosas que dice que si son ciertas, pero en fin..
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Fercar
Ruego encarecidamente que nadie lea el artículo, ya que el que lo escribe no tiene ni puta idea de lo que escribe, con errores bastante groseros como que el impuesto se cobra sobre los ingresos brutos.
Vaya país.....
Cómo se documenta la peña... seguro que buscó en el google ley de juego, leyó un artículo sobre el primer borrador escrito hace un año y tiró p´lante...