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Discusión: Declaracion a Hacienda sobre apuestas
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21/09/10, 05:26 PM #1
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Declaracion a Hacienda sobre apuestas
Hola a todos. En primer lugar quisiera pedir disculpas por si este tema ya se ha debatido en otros hilos, si es asi por favor indicarme alguno de ellos. Lo segundo es explicar mi caso (y dudas que tengo). Hace una semana que meti dinero en bwin y afortunadamente el balance esta siendo positivo por ahora (ya se que no debo excederme cuando la cosa va bien, ya me he llevado suficientes palos antiguamente). Me he enterado que hay modos de no declarar esas ganancias (he leido que si no haces movimientos de mas de 3000€ no tiene porque pasar nada). La duda que tengo es cada cuanto tiempo se debe hacer esos movimientos, yo por ejemplo llevo 5 dias seguidos sacando unos 100-150€ y quisiera saber si puede ser sospechoso o si hay un limite de dinero en 'x' tiempo. He hecho estos movimientos ya porque no me he enterado hasta hace un rato de los movimientos no superiores a 3000€ que he leido en otra parte. Muchas gracias y un saludo.
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21/09/10, 05:52 PM #2
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
El botón de "buscar" es tu mejor amigo.
Aunque por estas cantidades te puedo asegurar que Hacienda (que somo todos) en la que perder el tiempo."La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnostico falso y aplicar después los remedios equivocados" Groucho Marx
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21/09/10, 06:39 PM #3
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Gracias por la informacion. He estado buscando en hilos sobre el tema, y aunque muchas otras dudas me han quedado claras, nadie habla sobre mi duda. Ya se que por esas cantidades tampoco van a sospechar ni abrir una investigacion (aunque nunca se sabe), pero si voy ingresando esas cantidades muy de vez en cuando temo que lo puedan hacer. Por eso queria saber si alguien podia orientarme preventivamente sobre el limite de dinero a ingresar en un plazo de tiempo teniendo en cuenta esas cantidades.
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21/09/10, 11:46 PM #4
Forobetero júnior
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Duerme tranquilo.
Son millones de transacciones las que se hacen a diario en banca.
En todo caso yo diría que es el banco el que pasaría aviso al de "somos todos" si ve cosas raras, que seguro no es tu caso.
Ya se va a preocupar el gobierno de pillar su trozo del pastel del dinero que mueve las apuestas deportivas, el caso será saber si lo pagan las casas de sus ganancias, los usuarios de las suyas o ambos de las dos.
Tranquilo y a seguir esa racha.
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22/09/10, 12:40 PM #5
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Muchas gracias, me has dejado mas tranquilo. La verdad es que lo que dices es lo logico, pero bueno siempre esta bien asegurarse
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satumiki ha(n) agradecido este post
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23/09/10, 11:20 AM #6
Se siente como en casa
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Mi consejo ..... usa la tarjeta moneybookers
Saludos! y que siga la racha.
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27/03/13, 10:43 PM #7
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
puff,monederos electrónicos,que mal recuerdo....
Tranquilo no va a pasar nada
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28/03/13, 08:18 PM #8
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
...........contestando post 3 años despues?!?!?!?!??!?!?!?!?!?!? madre mia que panorama
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02/04/13, 05:26 PM #9
Forobetero sénior
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Comienza el baile
http://www.azarplus.com/noticia.php?idnoticia=1670
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04/04/13, 10:09 AM #10
Su cara nos suena
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Re: Declarion a Hacienda sobre apuestas
Hacienda aclara que la fiscalidad de las pérdidas del juego no genera créditos fiscales
-Las pérdidas del juego no generan créditos fiscales deducibles de la cuota
-España tiene una fiscalidad sobre el juego de las más exigentes de nuestro entorno
3 de abril de 2013.-. En relación con las informaciones publicadas hoy en algunos medios de comunicación sobre la tributación de las ganancias del juego, el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas aclara que la fiscalidad de las pérdidas del juego no genera créditos fiscales. Únicamente podrán minorar la ganancia patrimonial y siempre que estén debidamente acreditadas.
El año pasado, atendiendo a la naturaleza y objeto del Impuesto sobre la Renta, y con la finalidad de gravar el incremento real que se produce en el patrimonio del contribuyente derivado de su participación en las distintas modalidades de juegos, la Ley 16/2012 estableció la posibilidad de compensar las pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo con las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período y hasta el límite de éstas últimas, de manera que sólo tribute la ganancia patrimonial neta que, en todo caso, se integrará en la base imponible general del contribuyente a su tipo marginal. Dicha ley se publicó en el Boletín oficial del Estado el 28 de diciembre de 2012.
No obstante, en el caso de los juegos de loterías que han pasado a gravarse a partir de 1 de enero de 2013 (reservados a operadores del Estado, ONCE, Cruz Roja, etc.), el tipo aplicable es de un tipo único del 20% (muy inferior al tipo marginal) para el importe de los premios que exceda de 2.500 euros.
Cualquiera de las dos modalidades de tributación señaladas, lejos de suponer un menoscabo en las arcas públicas, han pasado a contribuir de manera activa al sostenimiento de nuestro presupuesto de ingresos, siendo esta fiscalidad sobre el juego una las más exigentes de nuestro entorno.
Es importante destacar que en la mayoría de los países de Europa, los jugadores no pagan impuestos sobre las ganancias derivadas del juego. En particular, Dinamarca, Finlandia, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Alemania, Hungría, Italia, Luxemburgo, Malta, Suecia y Reino Unido, no someten a tributación dichas ganancias.
La tributación en España es similar a la estadounidense. En Estados Unidos, todas las ganancias derivadas de juegos de azar se clasifican como ingreso gravable y deben ser declaradas, siendo las pérdidas compensables con ganancias hasta el monto total de las ganancias declaradas.
Esta normativa es de general aplicación a todos los operadores y juegos del sector, que tanto para el juego reservado como para el no reservado, desde 1 de enero de 2013 pasa a tener una tributación efectiva de las ganancias. En definitiva, la reforma tributaria aprobada se aplica de forma homogénea, sin que suponga un tratamiento preferente para ninguna empresa o sociedad.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...fiscales.shtmlEditado por brotesverdes, 05/04/13 a las 10:06 AM



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