Utilizar casas sin licencia en España no está permitido, nadie lo cuestiona, lo mismo que sistemas de enmascaramiento, también está claro, pero usar el servicio de terceros para que realicen ese servicio de apuestas en casas extranjeras por ti es lo que en ninguna norma se prohíbe.

A lo que te refieres como Anexo @juvadasi es la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, la modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

En el artículo decimoséptimo es donde viene contemplada la modificación de la Ley de regulación del juego.