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  1. #1691

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por AscoDeVida Ver post
    Mucha suerte compañero,ya nos contaras.
    Yo voy el jueves que viene, a que me diga que lleguemos a un acuerdo que tiene 15000 movimientos y que no le da tiempo a mirarlos todos en la vida(vamos que pasa de hacerlo) y que solucionamos todo en 20.000 € ó 1 millon de € lo que el quiera...
    Es decir, no gano nada, no solo no tengo aumento patrimonial sino que palmo pasta,toda mi pasta, y tengo que soltar mas? A mi algo del sistema se me escapa
    Gracias

    Hay una cosa curiosa... en mi sentencia del TEAR no van más allá del simple argumento que la norma pre 2012 impedía descontarse las pérdidas y punto, no dan para más..., admiten el cambio posterior o mejor dicho la "aclaración" para descontarse pérdidas y gravar la verdadera capacidad económica que se pone de manifiesto,(bla bla bla) y sin embargo se atreven a enjuiciarme moralmente por no haber declarado lo que ellos encima reconocen como ganancias netas, es decir, la cifra real de mi aumento patrimonial... ¡ellos! sí me tachan de inmoral y de no cumplir mis obligaciones ( cosa que yo no reniego, pero bueno ) ellos que precisamente se atreven utilizando una norma arcaica, obsoleta, desfasada y sobretodo injusta a todas luces para aprovecharse de muchos ciudadanos honrados que encima perdieron dinero y pretenden sacarles pasta,ellos que se han atrevido a liquidar con 18k euros a un señor que perdió 40k... ellos que a una jugadora que solo gana 4700 euros y le quieren endosar 447.000, ellos que han trapicheado aprovechándose que muchos quieren cerrar una etapa de su vida para exprimirles cantidades que no deben pagar con liquidaciones que puedan asumir pese al haber perdido dinero ?... ellos pretenden encima juzgar moralmente no señor.... ustedes juzguen que cantidades son las que se han ganado o perdido realmente y déjense de juicios de valores , en fin...

  2. Agradecimientos filemonpo ha(n) agradecido este post
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  3. #1692

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Muchas gracias, sí y me he puesto en contacto con bet365 para que me envíen el historial. Un saludo

  4. #1693

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por FELI Ver post
    Gracias

    y sin embargo se atreven a enjuiciarme moralmente por no haber declarado lo que ellos encima reconocen como ganancias netas, es decir, la cifra real de mi aumento patrimonial... ¡ellos! sí me tachan de inmoral y de no cumplir mis obligaciones ( cosa que yo no reniego, .
    Y como es eso? A ver , tu tenias ganancias (no las brutas)y no declaraste nada? luego, ellos te dicen que tienes ganacias de 10000XXXX de euros(lo bruto) porque las pérdidas no cuentan, pero que igualmente reconocen que tienes ganancias "reales",netas(lo que realmente fué tu incremento patrimonial de XXX euros, y te enjuician por no haber ni declarado eso? que te pone en el escrito?.

    Ah, muy fácil justificarte: de inmoral nada!!!, yo(feli)gané dinero?? si, pero considero que no tengo que pagar nada si gano, ¿acaso vamos a medias señores de hacienda?, me da igual como esté la ley, ahora y antes del 2012, me estoy jugando mi pasta y si la pierdo no me dais nada, pues si gano no tengo que pagar nada, ya pago comisiones en todos los juegos online que existen, ya juego con desventaja, ¿que hay(si cabe, en mi caso si) de todos los años que he palmado pasta? ¿nada no? pues nada vais a cobrar el año que gané.
    Dicho esto, si lo consideras importante(yo no la verdad)quedaría justificado que la tachadura de "inmoral-defraudador" que te sueltan es falsa.
    Editado por betcall, 16/09/16 a las 04:02 AM

  5. Agradecimientos FELI ha(n) agradecido este post
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  6. #1694

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por betcall Ver post
    Y como es eso? A ver , tu tenias ganancias (no las brutas)y no declaraste nada? luego, ellos te dicen que tienes ganacias de 10000XXXX de euros(lo bruto) porque las pérdidas no cuentan, pero que igualmente reconocen que tienes ganancias "reales",netas(lo que realmente fué tu incremento patrimonial de XXX euros, y te enjuician por no haber ni declarado eso? que te pone en el escrito?.

    Ah, muy fácil justificarte: de inmoral nada!!!, yo(feli)gané dinero?? si, pero considero que no tengo que pagar nada si gano, ¿acaso vamos a medias señores de hacienda?, me da igual como esté la ley, ahora y antes del 2012, me estoy jugando mi pasta y si la pierdo no me dais nada, pues si gano no tengo que pagar nada, ya pago comisiones en todos los juegos online que existen, ya juego con desventaja, ¿que hay(si cabe, en mi caso si) de todos los años que he palmado pasta? ¿nada no? pues nada vais a cobrar el año que gané.
    Dicho esto, si lo consideras importante(yo no la verdad)quedaría justificado que la tachadura de "inmoral-defraudador" que te sueltan es falsa.

    Buenas de nuevo, pues comparto totalmente tu pensamiento. El hecho en su día de no declarar ( y tengo pruebas de ya en 2008 cuando vi que la cosa era importante realicé varias consultas para de alguna forma regularizarlo ) obedece a eso precisamente, a la injusticia y la desproporcionalidad en la tributación fiscal de este tipo de ganancias... nadie se acuerda de todo lo que perdí del 2003 a 2007 hasta que digamos me profesionalicé y comencé a ganar grandes sumas, y tomé la decisión por supuesto de no declarar nada, tanto por la incertidumbre jurídica de entonces como por la mia propia moral de ejercer una actividad que de cara a Hacienda son todo ganancias, ni descontaban pérdidas ni gastos ni nada, si ganas pagas ( y bien ) y si pierdes te jodes... cuando perfectamente sabemos que en las apuestas existe el perfil de jugador profesional que dedica su tiempo, medios, etc y por lo tanto cumple con todos los requisitos de ser una actividad económica, con sus derechos y obligaciones ( otra cosa que en España sea difícil llevarla a cabo por otra serie de cuestiones) Aprovecho y os invito a esta lectura

    https://blukstack.wordpress.com/2016...ine-en-espana/

  7. Agradecimientos filemonpo ha(n) agradecido este post
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  8. #1695

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por Juan Gonzalez Ver post
    Hola, he leído algunos de vuestros e-mails. Respondo a las principales dudas reflejadas.

    Primero. Aquellos que a pesar de haberlo solicitado no habéis recibido la información que tiene la AEAT sobre vuestro expediente, podéis remitiros a lo establecido en el artículo 35 de la LRJAPyPAC. Adjunto el link.

    http://noticias.juridicas.com/base_d...92.t4.html#a35

    Si a pesar de ello siguen sin hacerlo, presentad la petición por escrito para que quede constancia jurídica de ello, por si podéis llegar a necesitarlo.

    Segundo. Las ganancias de los ejercicios 2012 a 2014 sólo pueden compensarse con pérdidas de ese ejercicio. Si he ganado 3.000 € y he perdido 4.000 € en el 2012. Mi saldo final será cero y para el ejercicio fiscal siguiente NO podré utilizar los 1.000 € de pérdidas que me quedaban.

    Tercero. Os adjunto la base jurídica que podéis esgrimir para aquellos que tenéis revisiones de ejercicios anteriores, cuyas pérdidas no se permiten compensar. Os comento a este respecto, en relación a lo que algunos de vosotros habéis comentado que SI somos afortunados de vivir en un país como el que tenemos y que nuestras leyes SI protegen a sus ciudadanos, ya que sus cimientos están inspirados y asentados sobre las bases de la igualdad y de la justicia; ello no quita que en muchas ocasiones se comentan fallos; por ello nuestras normas le dan la posibilidad a la Administración de retractarse si guarda conciencia de ellos y si no es el caso de recurrir a los tribunales de justicia para corregir y garantizar el correcto funcionamiento de la Administración en la aplicación de la norma.

    Me gustaría finalmente defender el papel de los funcionarios de la Admón tributaria. En muchos casos hacen lo que les mandan desde arriba y no se atreven a hacer interpretaciones adicionales serias de la realidad que están abordando. En muchos casos ni siquiera son conscientes de ello porque desconocen la mecánica (como funcionan las cosas) de lo que se está tratando. Os invito a acudir a las diferentes dependencias y con corrección y la ley en la mano hacerselo entender. Removed sus conciencias para que conozcan la verdadera situación y no actúen en connivencia ante una vulneración tan flagrante de los principios que inspiran nuestro sistema tributario. Esto puede hacer que las cosas se solucionen antes, directamente por vía administrativa y sin necesidad de recurrir a la vía contencioso-administrativa. Sino es el caso, ahogad vuestros temores, los tribunales de justicia os darán la razón.

    Aquí os mando la base jurídica a presentar para aquellos con revisiones de ejercicios anteriores a 2012.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    El artículo 31 de nuestra Constitución establece en su apartado 1 que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad.
    En los mismos términos se manifiesta el artículo 3º de la Ley General Tributaria que recoge en su apartado 1º los principios de ordenación del sistema tributario y que cita expresamente: La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad”.

    El principio de igualdad ante la ley tributaria supone que el reparto de la carga tributaria se haga por igual entre los contribuyentes, ante iguales supuestos de hecho, el trato fiscal ha de ser el mismo.
    Ante iguales situaciones de capacidad económica deben corresponder iguales prestaciones tributarias. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional en su STC 45/1989 así lo corrobora al citar textualmente: “la carga tributaria que corresponde a cada contribuyente es en función de su capacidad económica, la definición de ésta y el método para determinarla han de ser establecidos mediante normas que efectivamente den a todos los sujetos un trato igual y no introduzcan entre ellos diferencias resultantes de su propia condición personal o de las relaciones que existen entre ellos y otras personas cuando ni aquella condición ni estas relaciones son elementos determinantes del impuesto en cuestión”.
    El principio de progresividad persigue que el que tenga más capacidad contributiva pague más impuestos que el que tiene menos.
    La justicia tributaria presupone siempre, implícitamente, la justicia distributiva de los patrimonios y rentas. Se trata de ser justo en la distribución de la carga tributaria de acuerdo a la capacidad contributiva de cada persona.

    Extrapolemos todo lo referido a un supuesto concreto y analicemos si efectivamente se han transgredido los principios jurídicos referidos consagrados en nuestra Constitución y en la LGT:
    Primer caso: Contribuyente con diferentes rentas a integrar en la base imponible general que aplicadas las diferentes deducciones le diese una base liquidable de 20.000 euros.
    Pagaría sobre los primeros 17.707 euros el 24% y sobre el resto hasta 20.000 (2.293) el 28%. Es decir, su carga tributaria ascendería a 4.250+459= 4.709 Euros

    Segundo caso: Contribuyente con diferentes rentas a integrar en la base imponible general que aplicadas las diferentes deducciones le diese una base liquidable de 20.000 euros y además hubiese realizado apuestas online por las que hubiese obtenido ganancias por valor de 100.000 euros y pérdidas por valor de 110.000 euros.
    Sino se admite la compensación de pérdidas por las ganancias generadas o no se acepta una interpretación global de ganancia (tomando una base temporal anual en la cuantificación del beneficio), el contribuyente deberá pagar lo siguiente:
    Su base liquidable serían los 20.000 euros más los 100.000 de las ganancias añadidas (no se considera en ningún caso las pérdidas de las diferentes apuestas), es decir, 120.000 euros.
    La cantidad a pagar sería: sobre los 17.700 euros primeros el 24%, del resto hasta 33.007 el 28%, del resto hasta 53.407 el 37%, del resto hasta 120.000 el 43%. Su carga tributaria ascendería a 44.716 euros.

    Como se puede observar el segundo contribuyente asume una carga fiscal superior en 40.000 euros respecto a la del primero.
    Pero realmente se está produciendo una distribución equitativa de la carga tributaria ante contribuyentes que presentan supuestos de hecho similares?. De hecho en el caso del segundo su capacidad contributiva real es inclusive inferior a la del primero aunque es razonable que se considere idéntica teniendo presente el origen de la causa de esa disminución.
    Está pagando realmente más el contribuyente que tiene mayor capacidad contributiva?. El segundo contribuyente pagaría 40.000 euros más pero en ningún caso su capacidad contributiva real es superior a la del primero.
    Se está produciendo una distribución justa de la carga tributaria de acuerdo a la capacidad contributiva de cada contribuyente?.

    Se han formulado tres preguntas. La respuesta negativa a cualquiera de ellas representa el reconocimiento tácito de la vulneración de los principios de igualdad, progresividad y justicia tributaria respectivamente.
    La respuesta negativa reconoce consecuentemente el derecho del segundo contribuyente de nuestro supuesto a no soportar una carga tributaria superior a la del primero. Reconoce su derecho a tributar por su capacidad contributiva real.
    ¿como podríamos contactar? ¿puede algún administrador proporcionarme su mail ) Thanks

  9. #1696

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    *****Segundo caso: Contribuyente con diferentes rentas a integrar en la base imponible general que aplicadas las diferentes deducciones le diese una base liquidable de 20.000 euros y además hubiese realizado apuestas online por las que hubiese obtenido ganancias por valor de 100.000 euros y pérdidas por valor de 110.000 euros.
    Sino se admite la compensación de pérdidas por las ganancias generadas o no se acepta una interpretación global de ganancia (tomando una base temporal anual en la cuantificación del beneficio), el contribuyente deberá pagar lo siguiente:
    Su base liquidable serían los 20.000 euros más los 100.000 de las ganancias añadidas (no se considera en ningún caso las pérdidas de las diferentes apuestas), es decir, 120.000 euros.
    La cantidad a pagar sería: sobre los 17.700 euros primeros el 24%, del resto hasta 33.007 el 28%, del resto hasta 53.407 el 37%, del resto hasta 120.000 el 43%. Su carga tributaria ascendería a 44.716 euros.****

    Para que se entienda: ganó 20.000 euros y se gastó 10.000 en apuestas, y luego pretenden que pague 44.716 de impuestos, no hace falta hacerse ninguna pregunta más, es irracional que a una persona que ganó 20.000 euros(trabajando) se le reclamen 44.716 por haber perdido 10.000 en apuestas y al que no se gastó nada de los 20.000 solamente 4.000.

  10. #1697

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Mucho animo compañeros en la lucha contra este sinsentido e injusticia, seguro que cuando llegue el momento los jueces pondran algo de coherencia en este asunto

  11. #1698

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Ojo al tema.
    Palmo 25000 napos y me pide hacienda 13000,asi sin sacarla,y gracias que no me cuenta todas las ganancias del año que sino pago 150.000
    Editado por AscoDeVida, 22/09/16 a las 11:44 AM

  12. #1699

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por AscoDeVida Ver post
    Ojo al tema.
    Palmo 25000 napos y me pide hacienda 13000,asi sin sacarla,y gracias que no me cuenta todas las ganancias del año que sino pago 150.000
    Osea..otra vez? Da igual que provincia sea ni nada, siguen a lo suyo todos?....Eso es el tema que decias del jueves que tenias que ir a ver eso no? lo de los 13000 movimientos?, y asi ha ido el tema, palmaste 25mil? joderrrr!!, vaya palo, y de eso, de haber palmado 25mil te piden 13.000??? y según parece "y gracias", ya que con la formulita estupida de que da igual lo que palmaste la broma subiría a diez veces más por lo menos. ¿de donde han sacado esa cifra pues? los 13mil....ya que...vamos a ver, si dices la verdad y no eres un troll, solo puede ser a euro por movimiento, lo cual no tiene sentido ninguno.
    ah, y ...que le has dicho al subnormalprofundo que te ha dado tal info?
    Editado por betcall, 22/09/16 a las 03:52 PM

  13. #1700

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    Re: Noticia sobre Hacienda

    Citar Originalmente publicado por betcall Ver post
    Osea..otra vez? Da igual que provincia sea ni nada, siguen a lo suyo todos?....Eso es el tema que decias del jueves que tenias que ir a ver eso no? lo de los 13000 movimientos?, y asi ha ido el tema, palmaste 25mil? joderrrr!!, vaya palo, y de eso, de haber palmado 25mil te piden 13.000??? y según parece "y gracias", ya que con la formulita estupida de que da igual lo que palmaste la broma subiría a diez veces más por lo menos. ¿de donde han sacado esa cifra pues? los 13mil....ya que...vamos a ver, si dices la verdad y no eres un troll, solo puede ser a euro por movimiento, lo cual no tiene sentido ninguno.
    ah, y ...que le has dicho al subnormalprofundo que te ha dado tal info?
    Pues llega y me enseña el tío una excel y me dice tiene usted 13000 movimientos. Y le digo vale, es decir 13000 movimientos en una excel, 13000 filas, que incluye, la apuesta hecha, el depósito y lo ganado o perdido, es decir en todos los casos estaba duplicado. Un ejemplo mas concreto
    Partido de fútbol apuesto 100 € 1 fila
    Mismo partido de fútbol apuesta anterior ganada 1 fila .

    Por lo tanto 2 filas,misma operación. Así que 13000 movimientos / 2 = 6500 movimientos, lo que demuestra que el tío ni se lo ha mirado y ha contado celdas.

    2 punto, le digo a mi no me han dado la información quién me dice que usted(le he dicho no creo que tenga tanta imaginación) se haya inventado estas apuestas?
    Su respuesta ha sido no entiendo pq no te lo han dado a ti tampoco.

    Los 13000€ son 10000 y pico mas X mil de intereses, (unos 2000 y pico)

    Me va a anexar la documentación y a partir de ahí tengo que estudiarlo, pq había cosas que no entendía muy bien de "esas operaciones interpretativas".

    Hablaré con mi abogado y que me diga, ya le he dicho al señor de hacienda, pierdo dinero(jodidiendome la vida), vuelvo a salir a flote y me viene ahora hacienda con esto, cuando en ningún momento he tenido aumento patrimonial? Pues menuda mierda de leyes que tenemos(palabras textuales que le he dicho,el tío se ha callado claro)

    Y ojalá fuera troll, pero no es el caso


    Me ha explicado también como funcionan las casas de apuestas, según él tu haces la apuesta y no te quitan el dinero hasta que no termina el evento (he tenido que descojonarme en su cara claro), vamos que estamos en las manos de ... llamémosle X

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