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  1. #1

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    ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero?

    Por lo que he visto por aquí decis que lo que se paga a Hacienda se calcula así:

    GANANCIAS=SALDO A 31 DE DICIEMBRE – SALDO A 1 DE ENERO + SUMA DE RETIRADAS – SUMA DE DEPÓSITOS

    Bueno pues estaba con la duda de imaginarme en la situación que a inicio de 2013 tenga 1.000 de saldo total. Llega el 31 de diciembre y he aumentado el saldo hasta los 1.800 de saldo total y apuesto 800 para una apuesta de 1,01 que se juega el 1 ó 2 de enero, con lo cual mi saldo en la cuenta es de 1.000.

    GANANCIAS = 1.000 – 1.000 + 0 – 0 = 0

    Luego el 2 de enero puedes disponer otra vez de los 1.818 y te libras de pagar 160.

    ¿Sería así?
    Editado por Gileitor, 21/03/13 a las 01:39 PM

  2. #2

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Tienes mi opinión en el hilo resumen donde has visto la fórmula.

    Yo pienso que la apuesta efectuada forma parte de tu patrimonio por su importe hasta que sea saldada. Entonces se convertirá en una ganancia o en una pérdida. No te libras de Hacienda...

  3. #3

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Te copio el texto de una pregunta parecida, en una entrevista de Expansión hace 4 dias al Sr. Alejo, Director de la DGOJ

    ¿Cómo se hará la cuenta para la tributación?

    A las ganancias se restarán las pérdidas. Si alguien ha perdido en la cuenta global, no tributará.

    Es decir, si alguien ingresa 50 euros, y gana y retira 100, tributará por 50 euros…

    Así es.

    ¿Cómo se contabilizará? ¿En base a los depósitos y las retiradas en las casas de apuestas?

    En líneas generales así se puede calcular, pero se tributará realmente por las apuestas ganadas, no por el dinero retirado. Puede un apostante mantener 3.000 euros de saldo en su cuenta de apuestas y no dar orden de cobro. En ese caso, también deberá tributar por lo que ha ganado. Realmente, es el cómputo anualizado de lo que tú has ganado en apuestas.

    Será consciente de que la falta de información ha provocado que muchos jugadores, por ejemplo de póker, con las peculiaridades de este juego, han abandonado la actividad…

    Porque no sabían cómo se tributaba. Ahora ya saben que que se compensan ganancias y pérdidas y que se tributará desde el primer euro.

  4. #4

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    En otro foro me han dicho que lo que se contabiliza es el saldo a 31 diciembre, que si tu por ejemplo haces una apuesta que se resuelve en 2014, no has de declarar el importe de esa apuesta de 2014 ya que no la has ganado, te han quitado el dinero del saldo y es como si nunca hubieses tenido ese dinero

  5. #5

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    En todo caso difieres el pago al año siguiente, pero no lo evitas.

    Sería útil si, por ejemplo, has tenido un muy buen año, y esperas que el próximo sea peor.

    El año próximo partiendo de 1000 euros de saldo inicial, tendrás 1808 (es decir las mismas ganancias de 800 euros que evitaste pagar el año anterior).

    Y cuidado que yo he visto perder apuestas de cuota 1,01 (y podría ser peor el remedio que la enfermedad).

    ------

    Por cierto, ¿los bonos de las casa tributan igual que las ganancias de apuestas?
    Editado por a111, 18/12/13 a las 12:34 AM

  6. #6

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Citar Originalmente publicado por mariovlc Ver post
    En otro foro me han dicho que lo que se contabiliza es el saldo a 31 diciembre, que si tu por ejemplo haces una apuesta que se resuelve en 2014, no has de declarar el importe de esa apuesta de 2014 ya que no la has ganado, te han quitado el dinero del saldo y es como si nunca hubieses tenido ese dinero
    Por lo que se tributa es por el INCREMENTO PATRIMONIAL a 31 de diciembre, y en el ejemplo el patrimonio del jugador es de 1800 a 31 de diciembre, se ha incrementado de 1000 a 1800.

    No por apostarlo todo minutos antes de las 0:00 del 1 de enero tu patrimonio pasa a ser de cero. La apuesta que has hecho tiene un valor, vale lo que has apostado. Esa apuesta forma parte de tu patrimonio. Llamalo derecho, expectativa de derechos o como quieras. Ya se saldará en el siguiente año y computaras la ganancia o pérdida el siguiente año.

    No contar ese saldo invertido en el patrimonio para mí es un error. Si por casualidad te inspeccionan explícale al inspector que "es como si nunca hubieses tenido ese dinero". Ni se lo piensa.

  7. #7

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Citar Originalmente publicado por josel Ver post
    Por lo que se tributa es por el INCREMENTO PATRIMONIAL a 31 de diciembre, y en el ejemplo el patrimonio del jugador es de 1800 a 31 de diciembre, se ha incrementado de 1000 a 1800.

    No por apostarlo todo minutos antes de las 0:00 del 1 de enero tu patrimonio pasa a ser de cero. La apuesta que has hecho tiene un valor, vale lo que has apostado. Esa apuesta forma parte de tu patrimonio. Llamalo derecho, expectativa de derechos o como quieras. Ya se saldará en el siguiente año y computaras la ganancia o pérdida el siguiente año.

    No contar ese saldo invertido en el patrimonio para mí es un error. Si por casualidad te inspeccionan explícale al inspector que "es como si nunca hubieses tenido ese dinero". Ni se lo piensa.
    pues sin quererlo, me estoy viendo en una situación parecida... a ver he apostado sin darme cuenta que la apuesta se resuelve el día 4 deEnero de 2014.... la apuesta ha sido de 18euros, con posibilidad de ganancias de 22euros... yo entiendo que los 18 euros pertenecerían al saldo de 2013(saldo inicial de 2014 para tener en cuenta el incremento hasta el 31 dic de 2014) y los 4 euros en caso de ganancia a declarar como incremento patrimonial en 2014... no?? o tendría que contabilizar como ganancia los 24 euros en 2014??.. menudo lio!!

  8. #8

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Citar Originalmente publicado por xiketete Ver post
    pues sin quererlo, me estoy viendo en una situación parecida... a ver he apostado sin darme cuenta que la apuesta se resuelve el día 4 deEnero de 2014.... la apuesta ha sido de 18euros, con posibilidad de ganancias de 22euros... yo entiendo que los 18 euros pertenecerían al saldo de 2013(saldo inicial de 2014 para tener en cuenta el incremento hasta el 31 dic de 2014) y los 4 euros en caso de ganancia a declarar como incremento patrimonial en 2014... no?? o tendría que contabilizar como ganancia los 24 euros en 2014??.. menudo lio!!
    es q claro!! pensad! y si de estos 18euros apostados en 2013 pierdo la apuesta?.. también tengo que contar como pérdida patrimonial estos 18 euros y compensarlo con las pérdidas de 2014 para obtener el neto?

    feliz 2014 por cierto

  9. #9

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    y si no quieres declarar las ganancias,yo no voy a decir nada...

  10. #10

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    Re: ¿Que pasa si apuesto mis ganacias el 31 de diciembre en un apuesta del 1 de enero

    Citar Originalmente publicado por xiketete Ver post
    pues sin quererlo, me estoy viendo en una situación parecida... a ver he apostado sin darme cuenta que la apuesta se resuelve el día 4 deEnero de 2014.... la apuesta ha sido de 18euros, con posibilidad de ganancias de 22euros... yo entiendo que los 18 euros pertenecerían al saldo de 2013(saldo inicial de 2014 para tener en cuenta el incremento hasta el 31 dic de 2014) y los 4 euros en caso de ganancia a declarar como incremento patrimonial en 2014... no?? o tendría que contabilizar como ganancia los 24 euros en 2014??.. menudo lio!!
    Para mí los 18€ apostados en juego son parte del incremento patrimonial de 2013.
    El 2014 añadiras a tu patrimonio unas ganancias de 4€ o unas pérdidas de -18€

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