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18/02/13, 07:50 PM #1
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La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
Parece ser que en el País Vasco aún no se ha modificado la regulación del IRPF y no está previsto que se puedan compensar las pérdidas referidas al juego.
Lo normal sería que lo regularan de forma urgente porque dejar el tema en manos de Hacienda y esperar que no hagan sangre es mucho riesgo.
Blog de Laura Guillot
¿Realmente está resuelta la tributación de jugadores? Sí, en “casi” todo el territorio español incluida la Comunidad Foral Navarra, sin embargo, en el País Vasco, no!
Recibo un email que dice: "...leí hace tiempo en tu blog y en todos los sitios de poker que la tributación está aclarada, además también lo vi en el pdf del BOE… ahora he visto en 1 hilo del foro que esto no sirve para los regímenes forales (Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra) ¿sabes algo?..."
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.
El IRPF se aplica en todo el territorio español, con las especialidades previstas en relación con Canarias, Ceuta y Melilla y sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Aclarado está. Todos los regímenes tributarios forales suprimen la exención de los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, así como los* organizados por la Comunidad Foral, la Cruz Roja, la Organización Nacional de Ciegos. Sin embargo, sólo Navarra modifica además la tributación de otros juegos y permite compensar las pérdidas con las ganancias, pero en el País Vasco, no.
Para disipar cualquier duda, si alguien quiere molestarse en leer los boletines, aquí están los enlaces:
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 17 Sábado 19 de enero de 2013 Sec. I.* *Pág. 2727
I. DISPOSICIONES GENERALES*
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
El Parlamento de Navarra ha aprobado Ley Foral 22/2012, de 26 de diciembre, de modificación del Texto Refundido* de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
La Ley Foral modifica diversos preceptos
…se suprime la exención de los premios de las loterías, apuestas y* sorteos organizados por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, así como los* organizados por la Comunidad Foral, la Cruz Roja, la Organización Nacional de Ciegos y* entidades análogas de carácter europeo, y se crea en la disposición adicional trigésima* séptima un gravamen especial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas* para este tipo de premios. Estarán exentos del gravamen especial los premios cuyo* importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros, mientras que los premios cuyo importe* íntegro sea superior a 2.500 euros estarán sujetos al gravamen especial por la parte que* exceda de dicho importe. La cuota íntegra del gravamen especial se determinará* aplicando a la base imponible el tipo del 20 por ciento.
En ese contexto, se precisa el régimen tributario de las ganancias y las pérdidas* habidas en los juegos diferentes de los citados anteriormente, de manera que se computarán como disminuciones de patrimonio las pérdidas obtenidas en esos juegos* que no superen a las ganancias cosechadas en el propio periodo impositivo. El resto de* las pérdidas, es decir, las que excedan de las ganancias en el juego, continuarán sin* computarse como disminuciones de patrimonio.
Cuatro. Artículo 39.6.d). Con efectos a partir del 1 de enero de 2013. «d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que* excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de la participación en los juegos a los que se refiere la disposición adicional trigésima séptima.»
El Boletín Oficial de Gipuzkoa* de fecha 28 de diciembre 2012 publica la Norma Foral 13/2012, de 27 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias.
Se modifica sustancialmente el régimen de tributación de los premios de las loterías y* apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado o por los órganos o entidades de las* Comunidades Autónomas, de los sorteos de la Cruz Roja, y de los juegos de Organización* Nacional de Ciegos, así como de los premios establecidos por organismos y entidades* equivalentes en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo…
http://www.alava.net/Botha/Boletines..._151_07079.pdf
El Boletín Oficial de Alava* de 31 de diciembre de 2012 publica el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 14/2012, del Consejo de Diputados de 28 de diciembre, de regulación del régimen fiscal aplicable a determinadas ganancias derivadas del juego.
A partir del 1 de enero de 2013 la normativa estatal, a través de un gravamen especial, sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, los premios de las loterías del Estado, Comunidades Autónomas, Organización Nacional de Ciegos Españoles, Cruz Roja Española y entidades análogas de carácter europeo, que hasta ahora estaban exentos…
El Boletín Oficial de Bizcaia publica el Decreto Foral Normativo de 10/2012, de 18 de diciembre, por el que se regula el régimen fiscal aplicable a determinadas ganancias derivadas del juego
A partir del 1 de enero de 2013 la normativa estatal sujeta, a través de un gravamen especial, los premios de las loterías del Estado, Comunidades Autónomas, Organización Nacional de Ciegos Españoles, Cruz Roja Española y entidades análogas de carácter europeo, que hasta ahora estaban exentos, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Dicho gravamen especial se devengará en el momento en el que se abone o satisfaga el premio, debiendo practicarse por el pagador del mismo, que habitualmente es la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, una retención o ingreso a cuenta del 20 por 100 que tendrá carácter liberatorio y eximirá al contribuyente de la obligación de presentar autoliquidación.
El presente Decreto Foral Normativo tiene una doble naturaleza, por un lado, modifica la Norma Foral 6/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y la Norma Foral 3/1996, de 26 de junio, del Impuesto sobre Sociedades, para establecer con carácter de urgencia, a los efectos de que entre en vigor el 1 de enero de 2013, el régimen fiscal aplicable y, por otro, adapta la normativa tributaria de Bizkaia en materia de no residentes a la normativa estatal.
La manera de tributar por las ganancias de otros juegos en Alava, Bizcaia y Guipuzcoa, si no es un despiste, con tanta urgencia, es todo un*despropósito.¡España, un reino de taifas!
Por cierto, acabo de recibir este email posterior a la publicación de este post:
"Hola y gracias por leerlo.
Mire le comento, debo ser de los pocos vascos que se ha enterado pero ninguna diputación ha metido en sus haciendas la ley para poder reducir pérdidas. Esto es muy grave. Ahora mismo ha habido muchas páginas que hacían oficial que ya se podían descontar pérdidas en todo el Estado sin dar las excepciones y por tanto todos jugábamos alegremente mientras una sombra oscura iba agrandándose a nuestra espalda apretándonos la soga del cuello.
Esto es un problema ya que la gente esta desinformada. Por otra parte el señor Alejo, en su momento nos animó a jugar ya que todo este problema de reducir pérdidas iba a arreglarse.
Ahora mismo la DGOJ lleva la bandera de haberlo conseguido cuando no es verdad, claro ejemplo Euskadi y Navarra.
Se que el señor Alejo ha hecho un llamamiento a una reunión en poco tiempo.
Mire, le pido algo que creo que es muy importante y debería ser el primer punto en abordar en esa reunión y de forma urgente.
Mayo ya esta aquí, y si la DGOJ no exige a Navarra y Euskadi que apliquen dicha ley de forma retroactiva van a mandar mucha gente a dormir debajo de un puente.
Cuando lo lea espero que me comente que le parece esto que le presento y es muy urgente. Creo que ya no puedo contactar con más gente, yo hago lo que puedo pidiendo a gente tan influyente como usted que inste al señor Alejo a tratar este tema inmediatamente*según*salga de la reunión.
Muchas gracias por leerme y espero una respuesta suya sobre este tema.
Espero que no sea tarde.
Atentamente un admirador preparando el bote de vaselina."
Entiendo la*preocupación de este jugador vasco. Pero dos aclaraciones:Navarra si ha incluido la compensación de pérdidas, tal como se ha publicado en el BOE (cito más arriba). Y Enrique Alejo, siendo coherente lo ha solucionado incorporándolo en la regulación española, sin embargo no tiene capacidad normativa en el*País Vasco.Editado por josel, 18/02/13 a las 09:56 PM
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20/02/13, 01:43 AM #2
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
Entiendo leyendo esto que nos pueden clavar lo que quieran?
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20/02/13, 07:28 AM #3
Forobetero júnior
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
nos gobiernan ladrones y corruptos,que quieres esperar?lei hara un mes o asi,que hacienda persigue alos jugadores de poker españoles,con leyes nuevas,les casca casi la mitad del premio obtenido,sin tener en cuenta lo que se gastan en la entrada,on line,nose, ya vendra la cartita,pero palo seguro y luego se suben el sueldo ellos y blanquean dinero,que verguenza de dirigentes,y que la union europea lo critica pero no hace nada
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20/02/13, 11:00 PM #4
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
Sería una gran locura, ni se me pasa por la cabeza que eso pueda ser así,como van a gravar de manera tan diferente al resto del país? Eso no puede ser, q apliquen un porcentaje algo mayor o menor pues mira pero contravenir la legislación tributaria no creo q sea posible.Y además aún me crea muchas dudas de q hacienda tenga todos tus movimientos de apuestas y dudo q la casa de apuestas les pase a las diferentes hacienda todos los datos.
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20/02/13, 11:07 PM #5
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
Si llega el momento de presentar la declaración y siguen sin traspasar a la normativa vasca la posibilidad de deducir las apuestas perdidas, los residentes vascos van a estar en una situación de inseguridad como la que había antes para todos.
No me imagino que la gente vaya a declarar sólo las ganancias y pagar por incrementos patrimoniales irreales, así que el papelón lo tendrá la Hacienda vasca porque es quien decidirá si dá por buenas las declaraciones o empieza a abrir expedientes. Si abre expedientes será un caos de recursos.
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27/02/13, 01:20 PM #6
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
Tomo asiento por aquí, porque este asunto me interesa y mucho!! Soy de Guipuzcoa. Vaya desastre!! Yo creo que se tiene que poder solucionar sino va ser una locura y no tiene sentido. A ver que se puede hacer para intentar arreglar este despropósito.
Saludos
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20/03/13, 07:44 PM #7
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
¡Qué vergüenza!
Sino estoy confundido a mediados de abril ya se podrá pedir el borrador de la declaración de la renta y aún estamos así.
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27/03/13, 10:37 PM #8
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
en el país vasco si pillas una apuesta superior a 2500€ no pasa lo mismo que en el resto de España? Antes eran las superiores a 6000€,sigue igual?
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01/05/13, 10:59 AM #9
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Re: La Tributación en el Pais Vasco. PROBLEMA GRAVE!
¿Alguna noticia nueva? ¿experiencias con la Hacienda vasca? A mí me toca dentro de poco hacer la declaración. De todos modos, por más que leo la legislación de Hacienda no encuentro en ningún sitio que no se puedan deducir ganancias de pérdidas (tampoco lo contrario, claro). Si yo, por ejemplo, adjunto un balance de ingresos y retiradas de cualquier casa quedará claro lo que he ganado, y ese será realmente el incremento patrimonial (como con cualquier otro bien, por otra parte). Lo mismo en cuanto a las apuestas: miras los balances que te ofrecen las casas y te encuentras con 1000 o 2000 apuestas por un total de 20.000 euros y un beneficio de 20.500; ¿llevas todos los cupones y los presentas allí? Porque será la única manera, digo yo.
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02/05/13, 01:34 AM #10
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