Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Por cierto, ¿¿¿ nadie sabe si existe alguna casa de apuestas .es que verdaderamente no limite ???
Ante la falta de regulacion de las cruzadas se deberia hacer fuerza en esta direccion, aunque ya sabemos que limitan en todos los paises incluso en el que nos fijamos tanto, Reino Unido, pero si es cierto que habia casas tradicionales que era muy dificil encontrarse casos de jugadores limitados.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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FELI
Por cierto, ¿¿¿ nadie sabe si existe alguna casa de apuestas .es que verdaderamente no limite ???
Ninguna, nos han dejado lo mejorcito del negocio. Ni en las mejores playas hay tanto chiringuito.
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FELI
Ante la falta de regulacion de las cruzadas se deberia hacer fuerza en esta direccion, aunque ya sabemos que limitan en todos los paises incluso en el que nos fijamos tanto, Reino Unido, pero si es cierto que habia casas tradicionales que era muy dificil encontrarse casos de jugadores limitados.
Deja de soñar. Desde mi punto de vista, ni en reuniones, convenciones o foros absurdos se va a conseguir nada. Sólo hay una vía, la judicial, y quien la podría aprovechar, que es una asociación en defensa de jugadores, no la utiliza, así que "juego inseguro forever" :)
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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josel
Ninguna, nos han dejado lo mejorcito del negocio. Ni en las mejores playas hay tanto chiringuito.
Dentro de "ninguna" también está incluida betfair.es???
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Por cierto, con que beneficio neto aproximado, te puede limitar una casa tradicional¿?, es que yo me dedicaba más al trading en carreras de caballos británicas a través de un "bot" en Betfair.com. Muchas gracias de antemano a todos!!.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Aprovechando el post del compañero scalpertradergc, si yo solo hago un ingreso por ejemplo de 10 euros en una bookie, hago 4 apuestas al mes con cuotas bajas y saco cada mes un beneficio de 40 euros, creen que me podrían limitar por 40 mensuales ingresando solo 10? gracias anticipadas
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Entrevista interesante a dos jugadores profesionales de poker en A vivir que son dos dias de la Ser. La entrevista empieza a partir del minuto 23. Hablan de toda la problemática y de porqué hay gente profesional que ha tenido que emigrar.
No explican nada nuevo pero es interesante.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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guahedum
Aprovechando el post del compañero
scalpertradergc, si yo solo hago un ingreso por ejemplo de 10 euros en una bookie, hago 4 apuestas al mes con cuotas bajas y saco cada mes un beneficio de 40 euros, creen que me podrían limitar por 40 mensuales ingresando solo 10? gracias anticipadas
Yo diría que no, hay que ser muy ruines para que te limiten ganando 40 al mes... limitan apartir de cantidades mayores y que sea amenudo ;)
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Hola, he encontrado esto en el blog de Laura Guillot hoy. Es un poco desconcertante, y no se que validez otorgarle. Me he quedado muy confuso. Espero que josel y cia podais aclararlo un poco.
La reciente Ley del Juego lleva consigo nuevas normas de tributar tanto las ganancias como las pérdidas provenientes de las apuestas deportivas “online”. Este tema es de especial consideración y ha creado gran controversia entre los apostadores y los órganos encargados de elaborar dicha Ley. Además, por la Red siempre corren rumores acerca de la forma de tributar y a tenor de cómo van sucediendo los acontecimientos, todavía nos generan más dudas. Asimismo, tenemos constancia de la creación de Fundaciones y Asociaciones en defensa de los Jugadores y por lo tanto cabe pensar que las normas creadas sufrirán modificaciones a medio o largo plazo. O al menos eso esperamos.
Ante la relevancia de este asunto, decidí contactar con un letrado especialista en la nueva ley del juego con el fin de aclarar ciertas cuestiones. En cuanto me concedió una entrevista, preparé todas las dudas en un cuaderno y él, con los documentos en mano, me respondió a todas y cada una de ellas con clara convicción. Su elocuencia y forma de responder denotaban un gran conocimiento del sector. Debo recalcar que despejó todas las dudas y que además, tras mi insistencia, me confirmó que la información que estaba aportando era 100% segura.
Dicho esto, quiero aclarar que todo lo aquí redactado es de firma personal, con la intención de ayudar a despejar dudas similares a las mías. Si por el contrario necesitáis contrastar o ampliar información, mi consejo es que acudáis a una Consultaría o a un abogado especialista para que puedan estudiar vuestro caso en particular y así ofreceros una solución apropiada. En cualquier caso, esta entrada debe ser considerada como opinión personal.
Como sé que es aburrido y engorroso leer documentos y decretos relacionados con este tema, os dejo un resumen a modo de preguntas con los aspectos más generales de mi entrevista:
•¿Qué debo declarar?
Se declaran las ganancias brutas y las pérdidas derivadas de las apuestas online. OJO! Porque esto tiene trampa. Se compensan las pérdidas pero sobre ganancia bruta, es decir, no se tributa por ganancia neta. Expongo un ejemplo a continuación:
Ingreso 1000€ en la casa de apuestas y hago 6 apuestas en todo el año (3 ganadas + 3 perdidas):
Historial
1.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
2.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
3.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
4.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
5.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
6.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
Saldo final en cuenta: 1.000€ Ganancia neta: 0€ Ganancia bruta: 3.000€ Pérdidas: 1.500 €
A declarar a Hacienda: 3.000€ de ganancias y 1.500€ de pérdidas. Es cierto que se pueden compensar las pérdidas pero todavía nos quedarían 1.500€ de ganancias por las que debemos tributar y aportar el correspondiente porcentaje de impuestos a las arcas del Estado.
Este es el quid de la cuestión. Tenemos un saldo de 1.000€ en cuenta, es decir, sin ningún tipo de ganancia neta desde el primer ingreso. Sin embargo, debo tributar 1.500€ de ganancias. Aquí está la “trampa” que os comentaba. Al fin y al cabo han observado que tanto las apuestas deportivas como el póker online son negocios en auge y por lo tanto ha visto una nueva forma de recaudar fondos para el Estado.
La forma de hacer la declaración será la siguiente:
GANANCIAS: Sumar la cantidad total ganada en el año y ponerla en la casilla correspondiente. Recordar que es la ganancia bruta!
PÉRDIDAS: Sumar la cantidad total apostada en apuestas perdidas y ponerla en la casilla correspondiente.
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
Yo no estoy de acuerdo con el que ha dado esa respuesta al chaval que ha escrito ese mail a Laura
En mi opinión últimamente ha bajado muchísimo el nivel del blog de Laura y postea muchos mails que recibe para crear debate y este es un ejemplo. ¿qué pretende, crear una alarma en los jugadores?
PD: Lo de contactar con un letrado especialista en la Ley de Juego me dá risa. ¿para qué está una asesoría fiscal?
Re: Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego: definido ya el impuesto
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Originalmente publicado por
cionono
Hola, he encontrado esto en el blog de Laura Guillot hoy. Es un poco desconcertante, y no se que validez otorgarle. Me he quedado muy confuso. Espero que josel y cia podais aclararlo un poco.
La reciente Ley del Juego lleva consigo nuevas normas de tributar tanto las ganancias como las pérdidas provenientes de las apuestas deportivas “online”. Este tema es de especial consideración y ha creado gran controversia entre los apostadores y los órganos encargados de elaborar dicha Ley. Además, por la Red siempre corren rumores acerca de la forma de tributar y a tenor de cómo van sucediendo los acontecimientos, todavía nos generan más dudas. Asimismo, tenemos constancia de la creación de Fundaciones y Asociaciones en defensa de los Jugadores y por lo tanto cabe pensar que las normas creadas sufrirán modificaciones a medio o largo plazo. O al menos eso esperamos.
Ante la relevancia de este asunto, decidí contactar con un letrado especialista en la nueva ley del juego con el fin de aclarar ciertas cuestiones. En cuanto me concedió una entrevista, preparé todas las dudas en un cuaderno y él, con los documentos en mano, me respondió a todas y cada una de ellas con clara convicción. Su elocuencia y forma de responder denotaban un gran conocimiento del sector. Debo recalcar que despejó todas las dudas y que además, tras mi insistencia, me confirmó que la información que estaba aportando era 100% segura.
Dicho esto, quiero aclarar que todo lo aquí redactado es de firma personal, con la intención de ayudar a despejar dudas similares a las mías. Si por el contrario necesitáis contrastar o ampliar información, mi consejo es que acudáis a una Consultaría o a un abogado especialista para que puedan estudiar vuestro caso en particular y así ofreceros una solución apropiada. En cualquier caso, esta entrada debe ser considerada como opinión personal.
Como sé que es aburrido y engorroso leer documentos y decretos relacionados con este tema, os dejo un resumen a modo de preguntas con los aspectos más generales de mi entrevista:
•¿Qué debo declarar?
Se declaran las ganancias brutas y las pérdidas derivadas de las apuestas online. OJO! Porque esto tiene trampa. Se compensan las pérdidas pero sobre ganancia bruta, es decir, no se tributa por ganancia neta. Expongo un ejemplo a continuación:
Ingreso 1000€ en la casa de apuestas y hago 6 apuestas en todo el año (3 ganadas + 3 perdidas):
Historial
1.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
2.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
3.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Ganancia bruta: 1000€
4.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
5.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
6.Cantidad apostada: 500€ Cuota: 2.00 Pérdidas: 500€
Saldo final en cuenta: 1.000€ Ganancia neta: 0€ Ganancia bruta: 3.000€ Pérdidas: 1.500 €
A declarar a Hacienda: 3.000€ de ganancias y 1.500€ de pérdidas. Es cierto que se pueden compensar las pérdidas pero todavía nos quedarían 1.500€ de ganancias por las que debemos tributar y aportar el correspondiente porcentaje de impuestos a las arcas del Estado.
Este es el quid de la cuestión. Tenemos un saldo de 1.000€ en cuenta, es decir, sin ningún tipo de ganancia neta desde el primer ingreso. Sin embargo, debo tributar 1.500€ de ganancias. Aquí está la “trampa” que os comentaba. Al fin y al cabo han observado que tanto las apuestas deportivas como el póker online son negocios en auge y por lo tanto ha visto una nueva forma de recaudar fondos para el Estado.
La forma de hacer la declaración será la siguiente:
GANANCIAS: Sumar la cantidad total ganada en el año y ponerla en la casilla correspondiente. Recordar que es la ganancia bruta!
PÉRDIDAS: Sumar la cantidad total apostada en apuestas perdidas y ponerla en la casilla correspondiente.
Para mi es una sandez mas, pero bueno,que la contraten para solucionar este problema también que los abogados tienen que comer no? ahí te dejan el problema y la solución:
"Si por el contrario necesitáis contrastar o ampliar información, mi consejo es que acudáis a una Consultaría o a un abogado especialista para que puedan estudiar vuestro caso en particular y así ofreceros una solución"